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(Puerto Rico) Representante insiste en eximir a iglesias y padres de la prohibición de terapias de conversión

María Milagros Charbonier defiende que la pieza legislativa que solo impacte a profesionales de la salud

La representante novoprogresista María Milagros Charbonier insistió ayer en que no se le debe aplicar a los padres, iglesias ni a sus instituciones la prohibición de las llamadas Terapias Reparativascontenidas en el Proyecto de la Cámara 2068, que recibió ayer su única vista pública en la Cámara de Representantes.

Charbonier indicó que celebrará una vista ejecutiva de la Comisión de lo Jurídico en la que menores que han sido sometidos a estas terapias, dirigidas a modificar, entre otras cosas, la orientación sexual mediante tratamiento sicológico o psiquiátrico, podrán ofrecer sus testimonios a puerta cerrada. También anunció que el proyecto no sufrirá enmiendas.

Entre los deponentes de la vista de ayer se encontraba la doctora Silma Quiñones, presidenta de la Asociación de Piscología de Puerto Rico, quien en varias ocasiones le preguntó a Charbonier por qué se hacía una excepción en el caso de iglesias y los padres. La única prohibición legislada sobre la administración de las terapias aplicaría a profesionales de la salud.

Más de 30 0rganizaciones consignaron su oposición al proyecto el lunes, entre otras razones, porque no aplica a las iglesias ni a los padres. La Asociación de Psicología se unió a ese llamado ayer.

“No podemos afectar un derecho fundamental en el proceso”, dijo Charbonier al aludir también al concepto de patria potestad, facultad que reconoció luego, no es absoluta. “¿Tenemos el poder de trabajar con eso? Eso es su libertad de elegir, su conciencia espiritual es más profunda”, insistió la representante.

“¿Por qué hacer la excepción?”, insistió Quiñones.

“No es por excepción. Ahí está la libertad religiosa en la Constitución, la libertad de culto…”, contestó Charbonier.

En un aparte con la prensa, Charbonier insistió en su postura. “No podemos entrar en la libertad de conciencia que tiene una persona”, dijo. “No es posible”, agregó al argumentar que un consejo espiritual, por ejemplo, no puede interpretarse como una terapia de conversión, tal y como están definidas en la medida.

Quiñones estuvo acompañada en la vista pública por el doctor Caleb Esteban Reyes, coordinador dentro de la Asociación de Psicología del Comité de Diversidad de Género, Sexo y Orientación Sexual. Reyes compartió cómo fue sometido, sin el conocimiento de sus padres a los 15 años, a una de estas terapias en una iglesia que no quiso identificar.

Contó que una consejera espiritual le dijo que su conducta “no estaba bien, era pecado y esto es un demonio”. A partir de entonces, en otras visitas fue sometido a exorcismos y se invocaron “demonios” dentro de su persona.

La pieza legislativa dispone que, cualquier profesional dedicado a ofrecer servicios de salud que brinde terapias de conversión, se expondrá a medidas disciplinarias por la Junta Examinadora. Charbonier argumentó que la Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores ya tipifica esa conducta como delito.

No se indica,en la medida, cómo un menor de edad radicaría una querella ante la citada Junta.

Charbonier rechazó una propuesta de Corally Veguilla Torres, directora de Asuntos Federales de la Administración de Familias y Niños, para que se enmiende la medida, a los fines de que cualquier profesional de la salud que reciba a los padres de un menor para solicitar una terapia de esta índole sean referidos al Departamento de la Familia por posible maltrato emocional.

“¿Cómo vamos a determinar maltrato emocional? No las puede hacer (las terapias) y punto. Al que habría que referir es al sicólogo si lo hace, no al padre o a la madre que busca ayuda”, respondió la legisladora.

“El padre tiene patria potestad y tiene todo el derecho de buscar ayuda para su hijo”, agregó.

A preguntas de la prensa, Charbonier indicó que no ve necesidad de aprobar la medida, entre otras razones, porque no se ha demostrado que el fenómeno que busca proscribir realmente exista.

El Senado celebrará vistas públicas de la medida el 14 y 15 de mayo.

Fuente: El Nuevo Día

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(Puerto Rico) Puerto Rico contará con legislación sobre terapias de identidad sexual y religión

El gobernador de Puerto Rico, Ricardo Rosselló, anunció proyectos legislativos de consenso que prohibirán las terapias «reparativas» sobre identidad sexual para personas de la comunidad lesbiana, gay, bisexual, transexual y transgénero (LGBTT) y la adopción de guías sobre la libertad religiosa.

«En del día de hoy estamos presentando proyectos de consenso, junto a líderes religiosos y de la comunidad LGBTT para establecer por ley las guías de libertad religiosa y para prohibir las terapias de conversión -de identidad sexual-«, indicó hoy a través de un comunicado Rosselló.

Ambas medidas atienden las preocupaciones que generaron el Proyecto de la Cámara 1018 de libertad religiosa y el Proyecto del Senado 1000 sobre terapias «reparativas».

El primer proyecto recoge las Guías para la Protección de la Libertad Religiosa, basadas en el marco de derecho federal y local sobre separación de Iglesia y Estado y la libertad de expresión.

El proyecto establece que se proveerá acomodo razonable a una persona por motivo de su libertad religiosa, pero se deberá notificar con anterioridad y el servicio siempre se otorgará.

«Con esta legislación logramos un balance para que el empleado pueda reclamar su derecho a la libertad religiosa, mientras se garantiza que la ciudadanía reciba los servicios gubernamentales. Es importante recalcar que, como política pública principal, no se podrán negar servicios gubernamentales a ningún ciudadano», indicó.

El segundo proyecto prohíbe que profesionales de salud mental sometan a un menor a terapias «reparativas» sobre identidad sexual que sean contrarias a la voluntad del paciente o que supongan un atentado contra la dignidad humana.

«Con esta ley prohibimos que profesionales de la salud practiquen estas terapias ‘reparativas’, que tanto daño le hacen a los menores en el momento en que se encuentran aceptando su identidad sexual», indicó el gobernador.

Ambos proyectos fueron trabajados con colaboradores de ambos sectores, incluidos el senador Miguel Romero y a la legisladora María Milagros Charbonier.

Charbonier indicó que «hoy podemos apreciar dos legislaciones que son producto del consenso entre dos sectores con ideologías muy diferentes. Sin embargo, ambos se han unido por el bienestar de todos los puertorriqueños».

El senador Miguel Romero elogió la iniciativa de la presentación de ambos proyectos e indicó que «el proyecto de libertad religiosa promueve un balance del derecho constitucional vigente y expone unas guías claras, asegurando que se le brinde el servicio al ciudadano».

Romero agregó que «de igual forma, entiendo apropiado prohibir por legislación las terapias reparativas, sin que se entienda como un menoscabo al derecho de los padres a ejercer la patria potestad sobre sus hijos y al ejercicio de la libertad religiosa por parte de las iglesias y sus instituciones».

Por su parte, el director ejecutivo de la Oficina del Tercer Sector y Base de Fe, Héctor Albertorio Blondet, expresó que «este es un momento histórico en el que el sector religioso y la comunidad LGBTT llegan a un consenso en temas de suma importancia para ambos. Con esta ley logramos que se reconozca la libertad religiosa como derecho fundamental de los puertorriqueños, cosa que es esencial para el pueblo creyente».

Mientras, la presidenta del Consejo Asesor en Asuntos LGBTT, Johanne Vélez, manifestó que «la comunidad LGBTT ha estado luchando por años la prohibición de estas terapias ‘reparativas’. Me siento muy orgullosa de haber formado parte de la discusión de estos proyectos de consenso, trabajados por comunidades que típicamente tienen pensamientos encontrados».

Fuente: Hoy Los Ángeles

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(Puerto Rico) Puerto Rico amplió el alcance del proyecto de libertad religiosa

En la medida que ya está en el Senado se declara que la libertad religiosa aplica «inclusive cuando quien profesa alguna religión procura oportunamente una exención de alguna obligación legal que le requiera conferir beneficios a terceros»

El proyecto de administración que declara la política pública de la llamada libertad religiosa dispone que el derecho a la libertad de culto o libre ejercicio de la religión comprende «tanto el derecho de actuar, cómo el de abstenerse de actuar, de acuerdo a las creencias religiosas que se ostentan».

Así está declarado en el artículo 2 del Proyecto del Senado 1253radicado ayer en la tarde, horas después de que fuera anunciado en una conferencia de prensa por el propio gobernador Ricardo Rosselló en La Fortaleza.

En el artículo 6 de la medida, además, se dispone que los ciudadanos no renuncian a su libertad religiosa por participar en negocios, en lugares, foros públicos «o por interactuar con el gobierno». Opositores a una medida similar que fuera vetada por el gobernadorplanteaban que la pieza legislativa facultaba a individuos a discriminar, basado en sus creencias religiosas, aún ocupando puestos en el gobierno.

En la medida también se declara que la libertad religiosa aplica«inclusive cuando quien profesa alguna religión procura oportunamente una exención de alguna obligación legal que le requiera conferir beneficios a terceros».

«El gobierno no limitará actos o abstenciones basándose en las creencias religiosa exhibidas», lee la medida. «Así, el gobierno no considerará una conducta como legal o permitida cuando es realizada por motivos no religiosos, y considerar la misma conducta ilegal o prohibida cuando es realizada por motivos religiosos».

Tambíen se legislaría con el proyecto que el gobierno no podría establecer como condición para la otorgación de fondos o contratos, el que una organización religiosa abandone sus exenciones para contratar personal, o que renuncie a los atributos de su carácter religioso.

En el campo laboral, se dispone en el proyecto que el gobierno deberá proveer acomodo razonable a todo empleado que, oportunamente, lo solicite basado en convicciones religiosas. La razonabilidad de la solicitud no podrá ser cuestionada por el gobierno, que tampoco, como patrono, podrá prohibir la observancia de un acto religioso o presiones para que sea modificada.

Con el proyecto se ordena «a todo el gobierno» -incluyendo las tres ramas y los municipios- adoptar las llamadas Guías para la Protección de la Libertad Religiosa, que incluirá revisar políticas y prácticas actuales, la creación de nuevos reglamentos y normas. También se dispone que cualquier norma de nueva creación adoptada por el gobierno será regida tanto por la ley propuesta como por la Ley Federal de Restauración Religiosa, de 1993.

El proyecto ha sido referido, en el Senado, a la Comisión de Relaciones Federales, Políticas y Económicas, que dirige el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz.

Fuente: El Nuevo Día

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(Puerto Rico) Abel Nazario sugiere volver a radicar medida sobre libertad religiosa

En el caso de este proyecto, 17 de los 21 senadores novoprogresistas votaron a favor. Ahora necesitan 20 para convertirlo en ley por encima del veto del Gobernador.

El senador Abel Nazario Quiñones sugirió a sus compañeros «que vuelvan a radicar» la medida vetada por el Ejecutivo sobre la libertad religiosa (PC 1018).

«Iniciar el trámite legislativo para ver si se puede llegar a un acuerdo con el Ejecutivo”, dijo en entrevista con Metro. Nazario Quiñones fue uno de los tres senadores novoprogresistas que votó en contra de la medida, incluyendo a Miguel Romero y Zoé Laboy.

El senador dijo que evaluará las enmiendas “para asegurarme de que no se discrimina contra ninguna persona”, y que de eso dependerá su voto.

Dos de los tres senadores tendrían que retractarse y votar a favor para poder irse por encima del veto del gobernador Ricardo Rosselló. De lo contrario, sin un «acuerdo de caucus» que obligue a los senadores a apoyar el proyecto, se colgaría.

Cabe destacar que, a diferencia de Romero y Laboy, a Nazario no le aplica la regla de caucus tras su salida el año pasado luego de enfrentar cargos por fabricación de documentos falsos y fraude electrónico. Sin embargo, con un mandato de caucus contarían con los 20 votos, incluyendo el de Evelyn Vázquez, quien estuvo ausente cuando consideraron la medida.

* Esta nota fue modificada para corregir su versión impresa, ya que contenía errores de conteo que planteaban que se colgaría la medida si el senador Nazario votaba en contra.

Fuente: Metro

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(Puerto Rico) La Cámara se va por encima del veto del Gobernador al proyecto que restringe el aborto

La Cámara de Representantes aprobó hoy irse por encima del veto que emitió el gobernador Ricardo Rosselló al proyecto que restringe el aborto, así como al proyecto de la Cámara 1018 que establece la Ley de Libertad Religiosa.

“La Cámara de Representantes ha consentido en ir sobre el veto del señor Gobernador”, expresó el presidente de la Cámara de Representantes, Carlos “Johnny” Méndez.

El Proyecto del Senado 950, de la autoría de la senadora Nayda Venegas Brown, recibió los 34 votos a favor que eran necesarios para ir por encima del veto.

“Conforme a los poderes conferidos a esta Asamblea Legislativa en la sección 19 del Articulo 3 de la Constitución de Puerto Rico solicitamos que esta Cámara de Representantes pueda incluir en el calendario de votación final la reconsideración al veto expreso del gobernador al proyecto del Senado 950”, leyó el portavoz de la Cámara, Gabriel Rodríguez Aguiló.

Contrario a la primera votación del pasado 14 de marzo, el vicepresidente de la Cámara, José “Pichy” Torres Zamora, optó por favorecer el proyecto.  En la sesión se ausentaron los populares Luis Raúl Torres, Lydia Méndez y Brenda López Arrarás.

Torres Zamora dijo, entonces, que votó en contra de la medida ya que presentó, sin éxito, una enmienda para rebajar de 18 años a 16 años la edad mínima en que una joven necesitaría la autorización de su padre, madre o tutor, para realizarse un aborto.

El proyecto original de la senadora Venegas Brown colocaba la edad mínima para solicitar autorización en 21 años, pero en el Senado se enmendó para bajarla a 18.

Tras la votación de hoy, el vicepresidente cameral salió a toda prisa del hemiciclo sin emitir comentarios sobre su cambio de postura. Tampoco respondió las llamadas hechas a su teléfono celular.

“Como Gobernador he sido firme en que no utilizaré mi cargo para afectar derechos constitucionales reconocidos a las mujeres. Es nuestro entender que el Proyecto del Senado 950, según aprobado por la Asamblea Legislativa, tiene el efecto de restringir ese derecho a la intimidad de la mujer”, lee el voto expreso emitido por el Gobernador y recogido en la orden de los asuntos del Senado.

“El estado no debe intervenir en su decisión, más allá de las normas constitucionales para garantizar su salud, seguridad y otros derechos fundamentales”, agregó el Primer Ejecutivo.

En cuanto al Proyecto de la Cámara 1018, de la autoría del presidente de la Cámara, también recibió los votos mínimos para pasar por encima del veto del Gobernador. La votación fue partidista.

El representante popular Luis Vega Ramos presentó una moción -que fue derrotada- en la que planteó que era inconstitucional reconsiderar una medida que fue aprobada en la pasada sesión legislativa.

Ese proyecto bajo las reglas de la Cámara no puede ser considerado porque la sesión donde fue vetado ya expiró y violaría los principios de reconsideración y reatención del asunto, así que votar nuevamente sobre el proyecto de la Cámara 1018 sería un acto inconstitucional”, señaló el legislador.

Argumentó que ambos proyectos son parte de una agenda para “reducir” los derechos de ciertos grupos. “Yo, entre halagar unos sectores y defender los derechos de todos, siempre estaré del lado de defender los derechos de todos”, sentenció.

La medida había sido señalada como discriminatoria hacia la comunidad Lgbtt.

Fuente: El Nuevo Día

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(Puerto Rico) Juez del Supremo diserta sobre ‘libertad religiosa’ en iglesia

El presidente del Senado fue uno de los asistentes

A la vez que surge una controversia por la forma en que cientos de estudiantes del sistema de enseñanza público fueron llevados a un lugar de adoración religiosa para ser orientados sobre la abstinencia sexual e instarlos a llenar un pacto de abstinencia, un juez asociado del Tribunal Supremo disertó sobre la «Libertad Religiosa» en una iglesia pentecostal en Arecibo.

La charla del juez Erick Kolthoff estaba anunciada hace semanas y presentada como una actividad para el público (a $25.00) y para que abogados acumularan créditos de educación jurídica continua (a $75.00). El título de la conferencia fue «Libertad Religiosa» y ocurrió el sábado pasado en el marco del Congreso de Derecho de Puerto Rico en la Iglesia de Dios Pentecostal en Arecibo.

El presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, confirmó su asistencia al acto mediante la publicación de fotos en sus redes sociales, en las que también aparecen el exjuez de apelaciones, y ministro, Jorge Lucas Escribano, y el sacerdote católico, Carlos Pérez, quien fue parte del grupo asesor del nuevo Código Civil.

El activismo religioso del juez Kolthoff, quien es pastor, es conocido y ya tiene una trayectoria de confrontaciones con algunos de sus compañeros jueces en el Alto Foro que difieren sobre si un juez en funciones debe realizar actividades que lo comprometan con posturas religiosas cuando su trabajo es decidir controversias basándose en el derecho.

Por su parte, el juez Kolthoff ha sido abierto en su promoción de la religión y participación en actividades llamadas religiosas o espitiruales. Tan reciente como mayo del año pasado, participó en la inauguración de la Sala de Meditación del Senado en el Capitolio.

NotiCel solicitó al juez Kolthoff espacio para discutir este tema pero no se recibió contestación.

El juez asociado Erick Kolthoff en el seminario «Libertad Religiosa» el 16 de marzo de 2019 en la Iglesia de Dios Pentecostal en Arecibo. (Facebook)

Fuente: NotiCel

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(Puerto Rico) Gobierno emite guías para proteger la libertad religiosa

El gobernador Ricardo Rosselló Nevares reveló hoy las guías adoptadas por el Departamento de Justicia para la protección de la libertad religiosa en el Gobierno y para garantizar que todo ciudadano reciba servicios públicos sin discrimen.

El 6 de octubre de 2017, el primer ejecutivo emitió la Orden Ejecutiva 2018‑52 en la que se encomendó al Departamento de Justicia la creación de unas guías sobre la protección de la libertad religiosa al amparo de un memorando del Departamento de Justicia federal de 2017.

“Estas guías recogen los parámetros federales de un derecho fundamental que cobija a cada puertorriqueño en la isla. Como hicimos con la Ley 4-2017 en el campo laboral privado, estas guías reconocen un principio cardinal de nuestra democracia para que cada ciudadano practique su fe sin temor ni represalias”, adelantó Rosselló Nevares.

El primer ejecutivo añadió que “estas guías establecen, claramente, el derecho de todo ciudadano a recibir servicios del Gobierno sin ningún tipo de discrimen o maltrato. Dar un acomodo razonable a una persona para no afectar sus creencias religiosas no debe interrumpir los servicios que damos a nuestro pueblo de forma inclusiva”.

Entre los principios más sobresalientes de las guías se especifica que los ciudadanos no renuncian a su libertad religiosa por el hecho de, entre otras cosas, interactuar con el Gobierno.

Además, que el Gobierno no discriminará por razón de religión contra individuos, corporaciones sin fines de lucro o entidades religiosas, mediante la limitación del acceso a fondos, materiales, propuestas, préstamos u otros programas que estén disponibles a entidades que ofrezcan servicios a comunidades, grupos o individuos.

También se especifica que el Gobierno no puede favorecer o desfavorecer oficialmente a grupos religiosos en particular y que tampoco puede intervenir con la autonomía de una organización religiosa.

La secretaria del Departamento de Justicia, Wanda Vázquez Garced, explicó que los 20 principios que componen las guías enmarcan la actualidad jurídica de la libertad religiosa, cómo aplica a individuos y organizaciones, cómo interactúa con el Gobierno y cuáles son las limitaciones del Gobierno ante este derecho fundamental.

“Es la primera vez que se explica en detalle lo que es el derecho fundamental a la libertad religiosa, más allá del concepto de libertad de culto. Es un derecho que, además, cubre la práctica y la observancia”, puntualizó la secretaria.

Asimismo, como dispone el estatuto federal, en las guías también se discute la aplicación a Puerto Rico de la Ley federal de Restauración de Libertad Religiosa de 1993; y el uso de las Directrices Clinton del expresidente Bill Clinton sobre el ejercicio religioso y la expresión religiosa en el ámbito laboral.

El director de la Oficina del Tercer Sector y Base de Fe, Héctor A. Albertorio, manifestó que “estas guías dejan claro el estado de derecho vigente en cuanto a la libertad religiosa, reforzando nuestra política pública de cero discrimen en el Gobierno”.

Albertorio explicó que estas guías no son un instrumento para negar servicios del Gobierno a nadie y que los servicios están disponibles para toda persona que los requiera y solicite.

“Con estas guías reafirmamos nuestros valores de respetar la libertad religiosa de nuestros ciudadanos con mecanismos para la petición de acomodo razonable como exigen las normas federales que aplican a Puerto Rico. Somos un Gobierno que respeta y valora la libertad y la diversidad religiosa”, concluyó el director.

Fuente: NotiCel