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(México) 700 indígenas en Chiapas llevan años desplazados por intolerancia religiosa

Las dos anteriores administraciones gubernamentales dejaron en el abandono a 115 familias indígenas que fueron desplazadas de su comunidad por profesar una religión distinta al de la mayoría de sus comunidades.

El pasado domingo, 11 indígenas tseltales creyentes evangélicos de la comunidad de Chiquinivalvó en Zinacantán, fueron llamados a una asamblea comunal, donde se supone se deben tocar de interés general, dicha reunión fue para establecer los puestos de organización de cara a la festividad católica de Santa Cruz a llevarse a cabo este próximo 3 de mayo.

La elección de estas autoridades, denominados mayordomos, es para encargarse de gestionar, administrar e inclusive contribuir económicamente para que se lleve a cabo esta fiesta. En dicho acto, la comunidad decidió que Juan Hernández Pérez, pastor evangélico, fuera el mayordomo, por obviedad, este se desistió del puesto.

La negación de Hernández Pérez trajo consigo de que fuera retenido por más de un día junto a 11 personas más. Cabe señalar, que la designación para la mayordomía se realiza bajo usos y costumbres, por tanto, según los señalamientos internaos a cada miembro de la comunidad debe tocarle de formar rotativa aportar en apoyar a realizar dicha festividad.

Luis Antonio López Herrera, abogado e integrante de la asociación “Misión 21 gramos”, encargado de apoyar de forma jurídica a personas que de manera sistemática fueron víctimas de persecución religiosa en Chiapas, argumentó que las 12 personas se mantuvieron retenidas contra su voluntad desde las 17 horas del domingo y liberados a las 16 del día siguiente.

Además del mencionado pastor, fueron igualmente privados de la libertad: Martín Hernández Pérez, Antonio Hernández Pérez, Marcos Hernández Pérez, Mariano Hernández López, Juan Hernández Vázquez, Carlos Hernández Vázquez, Mateo Hernández Vázquez, Mariano Hernández Pérez, Lorenzo López Pérez, Carmen Vázquez Hernández, y Mario Vázquez Vázquez, todos ellos fieles de la Iglesia Pentecostés Cristo Viene Guiada por el Espíritu Santo, con Registro Constitutivo SGAR/4553/2018, se prolongó hasta este lunes en que finalmente fueron liberados.

Sin embargo, Hernández Pérez y las otras 11 personas al regresar a sus hogares detectaron que les fue cortada la luz eléctrica y derramada el agua que mantenían recolectada. López Herrera, detalló que esta acción fue encabezada por un grupo simpatizante del Partido Revolucionario Institucional (PRI), quienes lideraban la organización de las fiestas tradicionales en la comunidad. Cabe señalar, que Manuel Martínez Jiménez, presidente municipal de Zinacantán es militante de este partido.

Por su parte, un conjunto de personas indignadas ante el hecho apoyó en la recuperación de la luz y en otorgarles agua.

López Herrera, encargado jurídico de este caso, indicó que fue la Secretaría de Gobierno quien por medio de un oficio dirigido al Ayuntamiento de Zinacantán, se dio la liberación de estas personas.

“No hubo agresión física, hasta el momento, no se tiene ningún reporte de que las autoridades se hayan inconformado por la reactivación del servicio del luz” detalló en entrevista telefónica.

Pese a ello, el abogado hizo un llamado a las autoridades municipales, estatales y federales a estar atentos de la integridad del pastor y las 11 personas que le acompañaban.

Más casos

El mes pasado, un grupo de familias evangélicas también fue retenida en la Ranchería Chihuahua, en el municipio de La Trinitaria, sin embargo, delegados de la Secretaría realizaron gestiones para su liberación y se firmó un acuerdo de respeto y paz.

Otro caso similar al de Chiquinivalvó, fue el de Yaxtinin comunidad de San Cristóbal de las Casas en 2012, cuando 11 familias fueron desplazadas por practicar una religión distinta a la de su comunidad. En ese entonces el gobierno de Juan Sabines Guerrero, atendió el caso de manera fortuita al ubicarlos en un albergue.

En 2015, durante el gobierno de Manuel Velasco Coello, se realizó una firma para reubicarlos, dándoles un terreno, pero ya no era 11 sino que ascendieron a 32 familias ya que se dieron desplazamientos paulatinos durante esos 3 años, sin embargo, hasta ahora las familias indígenas viven en el desamparo.

Según López Herrera, quien ha llevado casos durante los últimos 12 años, indicó que tiene al menos 6 denuncias formales para pedir la reubicación y detención de responsables del desplazamiento por razones religiosas de 115 familias de 9 comunidades, un total de 700 personas entre ellos niños, niñas y adultos mayores, quien hasta ahora no pueden regresar a su hogar.

Fuente: Chiapas Paralelo

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(México) Retienen a evangélicos por intolerancia religiosa

Al menos 12 indígenas tseltales creyentes evangélicos de la comunidad de Chiquinivalvó en Zinacantán fueron llamados a una asamblea comunal, donde se supone se deben tocar temas de interés general, sin embargo la reunión fue para establecer los puestos de organización de cara a la festividad católica de la Santa Cruz a llevarse a cabo este próximo 3 de mayo, pero al negarse a participar fueron retenidos.

La elección de estas autoridades, denominados mayordomos, es para encargarse de gestionar, administrar e inclusive contribuir económicamente para que se lleve a cabo esta fiesta. En dicho acto la comunidad decidió que Juan Hernández Pérez, quien es pastor evangélico, fuera el mayordomo; por obviedad, este desistió del puesto.

Los hechos se suscitaron el domingo pasado, donde la negación de Hernández Pérez trajo consigo que fuera retenido por más de un día junto a 11 personas más. Cabe señalar que la designación para la mayordomía se realiza bajo usos y costumbres, por tanto según los señalamientos internos, a cada miembro de la comunidad debe tocarle de formar rotativa apoyar en realizar dicha festividad.

Luis Antonio López Herrera, abogado e integrante de la asociación “Misión 21 gramos”, encargado de apoyar de forma jurídica a personas que de manera sistemática fueron víctimas de persecución religiosa en Chiapas, detalló que las 12 personas se mantuvieron retenidas contra su voluntad desde las 17 horas del domingo y liberados a las 16 del día siguiente.

Además del mencionado pastor, fueron igualmente privados de la libertad: Martín Hernández Pérez, Antonio Hernández Pérez, Marcos Hernández Pérez, Mariano Hernández López, Juan Hernández Vázquez, Carlos Hernández Vázquez, Mateo Hernández Vázquez, Mariano Hernández Pérez, Lorenzo López Pérez, Carmen Vázquez Hernández, y Mario Vázquez Vázquez, todos ellos fieles de la Iglesia Pentecostés Cristo Viene Guiada por el Espíritu Santo, con Registro Constitutivo SGAR/4553/2018.

No obstante, Hernández Pérez y las otras 11 personas al regresar a sus hogares detectaron que les fue cortada la luz eléctrica y derramada el agua que mantenían recolectada. López Herrera explicó que esta acción fue encabezada por un grupo simpatizante del Partido Revolucionario Institucional (PRI), quienes lideraban la organización de las fiestas tradicionales en la comunidad.

Cabe señalar que Manuel Martínez Jiménez, presidente municipal de Zinacantán, es militante de este partido.

Al respecto, un conjunto de personas indignadas ante el hecho contra los evangélicos apoyó en la recuperación de la luz y otorgarles agua.

López Herrera, encargado jurídico de este caso, indicó que fue la Secretaría de Gobierno, quien por medio de un oficio dirigido al Ayuntamiento de Zinacantán propició la liberación de estas personas.

“No hubo agresión física, hasta el momento, no se tiene ningún reporte de que las autoridades se hayan inconformado por la reactivación del servicio del luz” señaló.

Pese a ello, el abogado hizo un llamado a las autoridades municipales, estatales y federales a estar atentos de la integridad del pastor y las 11 personas que le acompañaban dentro de la comunidad.

Fuente: Cuarto Poder

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(Holanda) En Holanda habría cárcel a parejas que se casen por religión antes que por lo civil

En Holanda, la izquierda verde, el Groenlinks, y los liberales, el VVD (Partido Popular por la Libertad y la Democracia), presentaron este miércoles un proyecto de ley para multar con hasta 4.000 euros o seis meses de prisión a cualquier persona que contraiga matrimonio religioso antes de que esté legalmente casada por lo civil.

El VVD, partido del primer ministro Mark Rutte, y los verdes, grupo parlamentario de la oposición, subrayan su preocupación especialmente por los abusos en los matrimonios islámicos, cuya validez es reconocida por algunas familias musulmanas y que, en algunos casos, sirven para evitar la ley ante matrimonios forzados o de menores de edad.

«No deberíamos crear un tipo de sociedad paralela en la que la ley islámica tenga prioridad sobre la ley holandesa«, alertó Jeroen van Wijngaarden, del VVD, tras presentar una iniciativa legal que, en principio, debería lograr sin obstáculos la mayoría parlamentaria.

En Holanda, ya se está multando a los líderes religiosos que ofician una boda religiosa antes de que se haya producido el matrimonio por lo civil en una institución pública, pero «algunos ignoran las reglas», según el político liberal, que propone extender la multa a las propias personas que se casan y a los testigos del matrimonio.

En el artículo 68 del Código Civil holandés, se reconoce el derecho de las parejas a contraer matrimonio en ceremonias religiosas pero no sin que antes «aparezcan las partes frente» a un funcionario del Estado civil.

Además, se subraya que ambos deben tener al menos 18 años de edad y solo pueden estar casados con una persona, en un rechazo a la poligamia, a la que también se recurre, para evitar la ley, a través del matrimonio religioso.

Fuente: RCN Radio

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(Costa Rica) ¿Una ley de «libertad religiosa y de culto»?

El diputado Jonathan Prendas propone que se adopte una «libertad religiosa y de culto». En las redes sociales se le trata de idiota, desinformado o ladrón del fisco. Sin embargo, para nada es idiota, ignorante y mucho menos está calentando la curul. Sabe muy bien lo que hace. Es un fanático religioso —un talibán evangélico— que tiene muy claro su objetivo de eliminar la democracia y convertir a Costa Rica en una teocracia.

Entiende muy bien lo que propone; no se trata de una ocurrencia ridícula. Por el contrario, es un plan deliberado. Estamos frente a una ofensiva de grupos fundamentalistas, cuyo fin es debilitar el edificio de derechos y libertades individuales. No es casualidad que haya avanzado su propuesta mientras criticaba al gobierno por el allanamiento del OIJ en la Conferencia Episcopal. Miente adrede, a sabiendas de que la Fiscalía y la policía judicial no dependen del Ejecutivo, porque así obtendría réditos electorales. Es consciente de que se recababa prueba acerca de delitos aberrantes, pero en su designio por instaurar la dictadura teocrática, todo medio es válido para proteger a los «ungidos».

La propuesta de Jonathan Prendas debe tomarse dentro del contexto histórico que vivimos:

  • Una fracción legislativa fundamentalista que es la segunda más grande (a pesar de la división coyuntural por ambiciones pecuniarias y de poder).
  • Fracciones de partidos políticos, supuestamente seculares, que se pliegan a los religiosos con la esperanza de allegar votos (PLN, PUSC, PIN). No tienen consciencia de que para los fundamentalistas los partidos seglares deben desaparecer.
  • Una Iglesia católica (IC) en desbandada, debido a sus «pecados» (delitos) y a posiciones tomadas del libro de texto de los fundamentalistas evangélicos, las más de las veces contrarias a la doctrina social de la misma IC. Una IC costarricense que ha creído que uniéndose a los que buscan su aniquilación evitaría seguir perdiendo fieles.
  • Un país que sigue creyendo en mitos (como que somos el país más feliz del mundo) y que no se ha dado cuenta de que las virtudes del diálogo y el respeto a los demás se han perdido, frente a los dogmatismos religiosos, económicos y políticos.
  • Congregaciones que dicen seguir al Príncipe de la Paz, pero que esbozan ideologías que son:
    • Vetustotestamentarias: por lo tanto negacionistas de Cristo. Ancladas en la lógica de venganza, guerra y eliminación del otro —del no ungido, del pecador, del infiel— del Antiguo Testamento.
    • Maquiavélicas: cualquier medio es válido para alcanzar el fin último de hacerse con el poder, sobre todo la mentira (de nuevo negación de Cristo, que se definía a sí mismo como la Verdad);
    • Marxistas: su accionar se revela en una lógica de lucha de clases esbozada por Karl Marx y no del amor al prójimo estatuido por Jesucristo, así como la instauración de una tiranía de partido, la «dictadura del clero».

No es casualidad que Prendas resucite el proyecto justo cuando los personeros de Capitol Ministries han iniciado su cruzada política en el país. Estos personajes son los asesores «espirituales» de la actual Casa Blanca y en específico del vicepresidente Mike Pence, quien es uno de los más férreos proponentes de ese tipo de leyes en los Estados Unidos. Cuando Pence era gobernador de Indiana se adoptó la Ley de restauración de la libertad religiosa (RFRA, por sus siglas en inglés). Esta ley permite que individuos y empresas hagan valer, como defensa en procedimientos legales, que su libertad de culto los faculta para violentar los derechos de otras personas. Se permite exceptuarse de la aplicación de la ley alegando que los otros, por su religión, preferencia identitaria, raza, origen, etc., ofenden sus convicciones religiosas. Así, un médico podría negarse a realizar un procedimiento que salvaría una vida, si el paciente es musulmán, inmigrante u homosexual.

Este tipo de leyes existen en muchos estados de los EEUU, siempre promovidas por grupos religiosos extremistas, como Capitol Ministries. En ningún caso se trata de leyes que protegen el fuero interno de las personas (su libertad de culto), sino de legislación dirigida a destruir el principio fundamental de la no discriminación. Lejos de garantizar un derecho humano, buscan demoler las garantías que nos protegen en tanto que seres humanos.

En Costa Rica no son necesarias leyes específicas que protejan la libertad de culto. Ese derecho está resguardado, a nivel superior al de una ley, por la misma constitución (CP) y por tratados internacionales de protección de los derechos humanos. Pero esos instrumentos poseen dos cualidades que chocan con los intereses de Prendas y sus adláteres:

1)      Garantizan que nadie sea discriminado.

2)      Disponen que nadie está por encima de la ley.

Esto lo que estorba a quienes procuran imponer el talibanismo criollo. No sorprende por ello que el proyecto de ley empiece con una falacia: un supuesto «principio de autorregulación». Ya desde el artículo 1 del proyecto de ley 19.099 se parte con el engaño, en el más puro estilo maquiavélico. El embuste para lograr la dictadura de la clase sacerdotal. Esa norma estatuye que se «pretende establecer los parámetros básicos para el funcionamiento de las organizaciones religiosas, en atención al principio de auto regulación que está consagrado en los indicados instrumentos internacionales» (sic; las negritas son nuestras).

Los tratados internacionales de protección a los derechos humanos que protegen la libertad de conciencia y religión a que se refiere ese artículo son el Pacto internacional de derechos civiles y políticos (PIDCP) y la Convención americana sobre derechos humanos (CADH), en sus artículos  18 y 12 respectivamente:

«Artículo 18:

  1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de los ritos, las prácticas y la enseñanza.
  2. Nadie será objeto de medidas coercitivas que puedan menoscabar su libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección.
  3. La libertad de manifestar la propia religión o las propias creencias estará sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos, o los derechos y libertades fundamentales de los demás.
  4. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, para garantizar que los hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones» (PIDCP).

«Artículo 12.  Libertad de conciencia y de religión:

  1. Toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión. Este derecho implica la libertad de conservar su religión o sus creencias, o de cambiar de religión o de creencias, así como la libertad de profesar y divulgar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado.
  2. Nadie puede ser objeto de medidas restrictivas que puedan menoscabar la libertad de conservar su religión o sus creencias o de cambiar de religión o de creencias.
  3. La libertad de manifestar la propia religión y las propias creencias está sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley y que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos o los derechos o libertades de los demás.
  4. Los padres, y en su caso los tutores, tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones» (CADH).

La lectura de ambos artículos deja patente que no existe un «principio de autorregulación», que ponga a las organizaciones religiosas y a su clase sacerdotal por encima de la ley. Al intentar sacralizar ese precepto en la ley de libertad religiosa y de culto, se persigue colocar a un estamento específico de personas —los «ministros religiosos»— por encima de la ciudadanía. Ello es, el poder divino se coloca sobre el soberano (el pueblo) y el estado de derecho.

La ley está plagada de normas que abstraerían a la clase sacerdotal del imperio del derecho. Se crea un sistema de impunidades, como lo demuestran tres artículos que transcribo a modo de ilustración:

«Artículo 21.- Derechos al secreto sacramental.

Los ministros religiosos tendrán el derecho a guardar el secreto sacramental, ministerial o religioso; ninguna autoridad o funcionario público puede obligarles a revelarlo» (sic; las negritas son propias).

«Artículo 41.- Atribuciones.

  1. h) Llevar un registro de los ministros religiosos acreditados como tales por sus organizaciones respectivas, cuando estas mismas lo soliciten, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la presente ley, asignándoles un número de identificación y, a solicitud del interesado, expedirá una credencial en la que indicará su nombre, la organización religiosa que lo acredita y su vigencia. Queda facultada también la organización religiosa para expedir sus propias credencialesSe garantiza el respeto al principio de organización y autorregulación de cada organización religiosa, de solicitar o abstenerse de registrar a sus ministros ante el registro mencionado en el presente inciso» (sic; las negritas son nuestras).

«Artículo 42.- Consejo Consultivo Asesor de Asuntos Religiosos [CCAAR].

El Consejo Consultivo Asesor de Asuntos Religiosos es un espacio compuesto por representantes de las organizaciones religiosas del país, cuya función principal será analizar la situación de la libertad religiosa y de culto en Costa Rica, así como la correcta aplicación de la presente ley, y emitir recomendaciones y sugerencias para las autoridades públicas en la materia. Este consejo se auto organizará según lo definan sus miembros» (sic; las negritas son nuestras).

Estos tres artículos son sintomáticos de la ley. Permiten discernir el verdadero propósito del proyecto. Es obvio que no tiene nada que ver con la protección de la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Su objetivo es crear una estructura que blinde a la clase clerical frente al ordenamiento jurídico, a las autoridades establecidas de conformidad con la CP y del poder del soberano.

El CCAAR se establece como un tribunal independiente del Poder Judicial, que tendrá la última palabra en asuntos religiosos. Será una especie de Sala IV en todo aquello que el mismo CCAAR estime que entra en su esfera de acción, lo que le da asimismo una función legislativa. Es lo que el art. 42 llama «la correcta aplicación de la presente ley».

El CCAAR es la negación misma del cimiento de la democracia y del Estado de Derecho: la división de poderes. Esta descansa sobre la premisa de que ningún poder del estado es superior a los otros, sino que existen pesos y contrapesos que equilibran el ejercicio de sus funciones. Ese balance entre los órganos primordiales del estado es el que garantiza el ejercicio democrático del poder.

No obstante, el art. 42 crea un ente que se autorregulará, que se autodifinirá y que establecerá qué materias entran en su esfera de acción. Se destruye así otro instituto fundamental de nuestro ordenamiento, la seguridad jurídica. Se crea como un órgano con todos los atributos de un poder estatal, en especial legislativo (se autoorganiza y define su campo de acción) y judicial (decide cual es el ámbito de aplicación de la ley sin intromisiones de los tribunales) que decidirá a su antojo como ha de entenderse todo aquello que decida entra en el ámbito de lo religioso. Es un engendro que se crea para destrozar las garantías y libertades individuales; una aberración que no tiene más contrapeso que sus decisiones antojadizas.

Peor aún, sus miembros no son electos por el soberano; el pueblo no tiene ninguna ingerencia en su composición. Son las iglesias (la IC y una alianza de congregaciones evangélicas de propio derecho) las que deciden quienes son sus integrantes. Este monstruo no rinde cuentas; impone dogmas. Se llega, por medio de esta ley, a sembrar el germen de la destrucción del estado democrático de derecho, para instaurar una tiranía teocrática, la «dictadura del clero».

Toca a los órganos competentes descartar este proyecto de ley de la corriente legislativa. Pero toca sobre todo a la Sala Constitucional y al TSE velar por que los principios constitucionales que prohíben el uso de la religión en la política —sea en las decisiones de los órganos estatales— se respeten (art. 28 CP). Ha errado en varias ocasiones el TSE al no sancionar a quienes utilizan la religión para hacer llegar votos a sus tiendas electorales. Erró cuando se negó a considerar a los pastores evangélicos como miembros del clero, porque no eran sacerdotes católicos. Es hora de que se defiendan el Estado de Derecho, así como los derechos y libertades de todas las personas, sin distinciones ni discriminaciones.

 

Fuente: Delfino

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(EEUU) Comisión norteamericana para la Libertad Religiosa Internacional condena la sentencia impuesta a matrimonio evangélico cubano

La Comisión de los Estados Unidos para la Libertad Religiosa Internacional (USCIRF) condenó este miércoles la sentencia impuesta por un tribunal cubano a un matrimonio de pastores evangélicos por educar a sus hijos en casa.

El pastor Ramón Rigal, de la Iglesia de Dios en Cuba, y su esposa Ayda Expósito, fueron sancionados el pasado lunes en Guantánamo a dos años y uno y medio de cárcel respectivamente, por educar a sus hijos en su casa.

Ambos fueron acusados por supuestos “actos contra el normal desarrollo del niño, asociación ilícita y asociación para delinquir”.

“Esta represión contra los cristianos que educan en el hogar a sus hijos es parte del asalto sistemático a la religión del gobierno cubano, que incluye el aislamiento de líderes religiosos y activistas por hostigamiento y discriminación”, dijo la vicepresidenta de USCIRF, Kristina Arriaga.

“Instamos al gobierno cubano a que cese de inmediato todas las tácticas de intimidación y libere al Pastor Rigal y su esposa junto con otros detenidos por educar en el hogar a sus hijos de acuerdo con sus creencias religiosas”, añadió.

El pastor Rigal se negó a mandar a sus hijos a la escuela debido a sus creencias religiosas, y a su rechazo a la promoción del socialismo y el ateísmo en los colegios de la Isla.

Según informó la Comisión en su página web, el abogado independiente Roberto Jesús Quiñones Haces, que intentó estar presente en el juicio, fue también detenido y golpeado.

USCIRF es una entidad gubernamental bipartidista independiente creada por el Congreso de Estados Unidos para monitorear, analizar e informar sobre amenazas a la libertad religiosa en el extranjero. En ese sentido, puede hacer recomendaciones al Presidente, al Secretario de Estado y al propio Congreso.

El próximo lunes 29 de abril presentará su Informe Anual de 2019 acerca de la libertad religiosa en todo el mundo.

Fuente: Cibercuba

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(México) La libertad religiosa en México

El respeto absoluto a las creencias religiosas, tan necesaria en un país religiosamente plural como el nuestro, sólo puede darse dentro de un Estado laico. Por ello la importancia de trabajar en pro de su fortalecimiento y consolidación, sobre todo cuando se levantan voces pidiendo el retorno de los privilegios que se creían muertos desde que Benito Juárez y los hombres de la Reforma crearon el Estado laico y la separación del Estado y las iglesias.

Las Leyes de Reforma, que fueron elevadas a rango constitucional en 1873, suprimieron el fuero eclesial que colocaba a los clérigos del catolicismo fuera de los tribunales comunes, además de acabar con otros privilegios clericales, y con la desmedida influencia de la jerarquía católica sobre las decisiones del Estado.

Este ordenamiento jurídico concretó, asimismo, el reconocimiento expreso de la libertad religiosa mediante la Ley sobre Libertad de Cultos, expedida el 4 de diciembre de 1860.

Esta ley establecía en su artículo primero: “Las leyes protegen el ejercicio del culto católico y de los demás que se establezcan en el país, como expresión y efecto de la libertad religiosa, que siendo un derecho natural del hombre, no tiene ni puede tener más límites que el derecho de tercero y las exigencias del orden público”.

De entonces a la fecha existe en México libertad religiosa, aunque hoy por hoy haya grupos religiosos que argumenten que dicha libertad no es plena porque a los sacerdotes se les prohíbe ser votados, hacer proselitismo político y desempeñar cargos públicos, y a las iglesias se les impide tener acceso a la educación pública que se imparte en las escuelas oficiales, y ser propietarias de concesiones de radio y televisión.

Es evidente que los autores de este argumento no quedaron satisfechos con las reformas constitucionales que impulsó Carlos Salinas de Gortari en 1992, las cuales permitieron la educación religiosa en las escuelas privadas y otorgaron personalidad jurídica a la Iglesia católica, lo que posibilitó el establecimiento de relaciones diplomáticas entre México y el Vaticano.

En el sexenio de Felipe Calderón Hinojosa se violentó el Estado laico en repetidas ocasiones, sobre todo cuando el mandatario michoacano intentó “guadalupanizar” por decreto a la totalidad de los mexicanos. Pero no sólo eso, sino que, en la visita del ahora papa emérito Benedicto XVI al estado de Guanajuato, en marzo de 2012, participó en la misa que presidió el entonces pontífice romano, y tomó inclinado y sumiso la comunión de manos de éste.

Por ello, sorprende que Calderón Hinojosa critique las presuntas violaciones del presidente Andrés Manuel López Obrador al carácter laico del Estado, cuando postea en sus redes sociales publicaciones con contenido religioso. ¿Será que ya se dio cuenta de que un presidente de México no puede ni debe atentar contra la laicidad estatal? Si no es así, se trata evidentemente de un intento de sacar raja política de las declaraciones del mandatario de origen tabasqueño, olvidando lo que Bernardo Barranco le recuerda en su columna de ayer, en el sentido de que durante su sexenio promovió la reforma del artículo 24 constitucional sobre libertad religiosa.

Habrá que recordar que la exposición de motivos de dicha modificación constitucional evidenció el intento presidencial de posibilitar el retorno de la educación religiosa a las escuelas públicas, lo que constituía un lamentable atentado contra el carácter laico del Estado y de la educación.

Fuente: El Mexicano

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(Argentina) En el Templo Libertad se recordó a las víctimas del atentado en las mezquitas de Nueva Zelanda

En la sinagoga de la Congregación Israelita de Argentina se organizó un acto para recordar a las víctimas del atentado en las mezquitas en Nueva Zelanda

El 15 de marzo, el desconcierto y el horror invadieron la apacible ciudad de Christchurch, en Nueva Zelanda. Un hombre armado con una ametralladora semiautomática atacó dos mezquitas en plena hora de las oraciones musulmanas. Mató a 50 personas e hirió a otro medio centenar.

Este martes, a 39 días de la masacre, en la sinagoga de la Congregación Israelita de Argentina, también conocida como Templo Libertad se llevó a cabo un acto recordatorio por las víctimas del atentado terrorista. La cita convocó a representantes de comunidades religiosas de todo el país.

Se reunieron referentes de distintas comunidades religiosas
Se reunieron referentes de distintas comunidades religiosas

La congregación tuvo como impulso el «espíritu de hermandad» para «hacerle frente al odio y el terror y llevar unidos oraciones a la acción, mostrando que el amor por la vida y la diversidad es más fuerte que la voluntad de aquellos que quieren empobrecer el mundo por medio de la violencia».

«En los reiterados ataques a fieles de mezquitas, iglesias, de sinagogas y otros centros de culto subyace un pensamiento racista que se manifiesta en homofobia, antisemitismo, y otras formas de intolerancia basadas en prejuicios, miedo y odio«, comenzó Nancy Falcón, directora ejecutiva del Centro Alba, quien tomó la palabra en primer lugar.

En ese sentido, la organizadora consideró invitar y contrarrestar esos actos intolerantes «concordando desde el diálogo» con miembros de diferentes tradiciones religiosas y culturales. «No pudimos pensar este homenaje de otra manera sino unidos como hermanos, cada uno desde su tradición orando por la paz», concluyó.

La embajadora de Nueva Zelanda en Argentina, Raylene Liufalani
La embajadora de Nueva Zelanda en Argentina, Raylene Liufalani

La embajadora de Nueva Zelanda en Argentina, Raylene Liufalani, estuvo presente en la ceremonia. Tras recalcar que el Gobierno ha expresado que no tolera la violencia y el extremismo de ningún tipo, sostuvo: «En nuestro país hay más de 200 grupos étnicos, somos una de las naciones con mayor diversidad cultural. Y los mulsumanes son parte de nuestra comunidad. Son nuestros colegas, nuestros vecinos. Nos enorgullece esa capacidad de inclusión».

A continuación el rabino y secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Sergio Bergman, llamó a «renovar la esperanza» mediante «actos fraternos», ya que «si hay algo que la Argentina tiene como bendición es la confraternidad: podemos disentir sobre muchos temas pero no hay una religión que nos divide«.

El rabino y secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Sergio Bergman
El rabino y secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Sergio Bergman

El autor de la atentado de Nueva Zelanda, Brenton Tarrant, un ciudadano australiano de 28 años, transmitió por Facebook Live la matanza en la mezquita de Al Noor, un video de 17 minutos en el que masacra a los feligreses que asistían al templo para rezar. Minutos después de ello, en la mezquita de Linwood, a cinco kilómetros, asesinó a otras 7 víctimas.

«Solo la locura y el odio racial y religioso puede explicar el ataque a las dos mezquitas», empezó su discurso el presidente del Consejo Argentino para la Libertad Religiosa, Raúl Scialabba, y puso el foco en el accionar del «no fue un atentado más». «Ese acto fue de un terrorismo concebido para ser viral. El asesino quería la atención del mundo y logró obtenerla cometiendo un acto de terrorismo masivo».

Los oradores condenaron además los atentados del domingo pasado en Sri Lanka
Los oradores condenaron además los atentados del domingo pasado en Sri Lanka

Antes del epílogo del encuentro cada uno de los oradores alzó además la voz de repudio contra los ocho atentados con explosivos realizados el pasado domingo en Sri Lanka en iglesias y hoteles, que dejaron más de 290 víctimas fatales y casi 500 personas heridas. La ceremonia cerró con un minuto de silencio.

 

Fuente: Mega 103

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(Puerto Rico) Puerto Rico contará con legislación sobre terapias de identidad sexual y religión

El gobernador de Puerto Rico, Ricardo Rosselló, anunció proyectos legislativos de consenso que prohibirán las terapias «reparativas» sobre identidad sexual para personas de la comunidad lesbiana, gay, bisexual, transexual y transgénero (LGBTT) y la adopción de guías sobre la libertad religiosa.

«En del día de hoy estamos presentando proyectos de consenso, junto a líderes religiosos y de la comunidad LGBTT para establecer por ley las guías de libertad religiosa y para prohibir las terapias de conversión -de identidad sexual-«, indicó hoy a través de un comunicado Rosselló.

Ambas medidas atienden las preocupaciones que generaron el Proyecto de la Cámara 1018 de libertad religiosa y el Proyecto del Senado 1000 sobre terapias «reparativas».

El primer proyecto recoge las Guías para la Protección de la Libertad Religiosa, basadas en el marco de derecho federal y local sobre separación de Iglesia y Estado y la libertad de expresión.

El proyecto establece que se proveerá acomodo razonable a una persona por motivo de su libertad religiosa, pero se deberá notificar con anterioridad y el servicio siempre se otorgará.

«Con esta legislación logramos un balance para que el empleado pueda reclamar su derecho a la libertad religiosa, mientras se garantiza que la ciudadanía reciba los servicios gubernamentales. Es importante recalcar que, como política pública principal, no se podrán negar servicios gubernamentales a ningún ciudadano», indicó.

El segundo proyecto prohíbe que profesionales de salud mental sometan a un menor a terapias «reparativas» sobre identidad sexual que sean contrarias a la voluntad del paciente o que supongan un atentado contra la dignidad humana.

«Con esta ley prohibimos que profesionales de la salud practiquen estas terapias ‘reparativas’, que tanto daño le hacen a los menores en el momento en que se encuentran aceptando su identidad sexual», indicó el gobernador.

Ambos proyectos fueron trabajados con colaboradores de ambos sectores, incluidos el senador Miguel Romero y a la legisladora María Milagros Charbonier.

Charbonier indicó que «hoy podemos apreciar dos legislaciones que son producto del consenso entre dos sectores con ideologías muy diferentes. Sin embargo, ambos se han unido por el bienestar de todos los puertorriqueños».

El senador Miguel Romero elogió la iniciativa de la presentación de ambos proyectos e indicó que «el proyecto de libertad religiosa promueve un balance del derecho constitucional vigente y expone unas guías claras, asegurando que se le brinde el servicio al ciudadano».

Romero agregó que «de igual forma, entiendo apropiado prohibir por legislación las terapias reparativas, sin que se entienda como un menoscabo al derecho de los padres a ejercer la patria potestad sobre sus hijos y al ejercicio de la libertad religiosa por parte de las iglesias y sus instituciones».

Por su parte, el director ejecutivo de la Oficina del Tercer Sector y Base de Fe, Héctor Albertorio Blondet, expresó que «este es un momento histórico en el que el sector religioso y la comunidad LGBTT llegan a un consenso en temas de suma importancia para ambos. Con esta ley logramos que se reconozca la libertad religiosa como derecho fundamental de los puertorriqueños, cosa que es esencial para el pueblo creyente».

Mientras, la presidenta del Consejo Asesor en Asuntos LGBTT, Johanne Vélez, manifestó que «la comunidad LGBTT ha estado luchando por años la prohibición de estas terapias ‘reparativas’. Me siento muy orgullosa de haber formado parte de la discusión de estos proyectos de consenso, trabajados por comunidades que típicamente tienen pensamientos encontrados».

Fuente: Hoy Los Ángeles

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(Opinión) Cuatro lecciones de Argentina sobre el odio religioso

La movilización ciudadana ha logrado la retirada de una escultura de una Virgen María ataviada con el pañuelo que identifica a los abortistas en Argentina. Tal vez, en tiempos de posverdad, ha llegado el momento de que hagamos algo nuevo y revolucionario: defender y valorar la verdad.

El pasado 17 de abril el Poder Judicial ordenó retirar de la exposición pública en un Centro Cultural estatal argentino una imagen de yeso que buscaba ridiculizar a la virgen María mostrándola con un pañuelo verde al cuello, signo en Argentina de la campaña por el aborto legal. Dicha imagen había sido transportada hasta el lugar montando una parodia de procesión religiosa en apoyo al aborto.

Lo que sucedió el pasado jueves (en vísperas de iniciar la Semana Santa) fue una victoria pequeña en su materialidad pero de innegable valor simbólico.

Ante la inoperancia del Poder Ejecutivo frente a esta provocación de odio religioso, sobresalen cuatro aspectos que describen cómo se planteó este problema y de los cuales podemos extraer lecciones interesantes: 

Primero: El auge de la “cristianofobia”

Si hablamos de persecuciones a la Cristiandad, nos vienen a la mente imágenes de matanzas ocurridas en África o en Asia -como la reciente en Sri Lanka-. Pero no, en Sudamérica también está sucediendo, aunque con matices diferentes. Repasemos algunos hechos:

En 2004, en la catedral de Santiago de Chile, fue degollado, en supuesto cumplimiento de un rito satánico, el sacerdote Faustino Gazziero mientras oficiaba la Misa.

En Argentina, donde se rechazó el aborto en 2018, lamentablemente los hechos de odio religioso son cada vez más frecuentes.

En 2013, atacaron con botellazos y pintura, orinaron e intentaron entrar a la catedral de Córdoba durante un festival de coro escolar. Los padres y la Policía lograron cerrar los portones y evitar mayores daños.

En 2017, frente a la catedral de Tucumán, un grupo de jóvenes montó una escena explícita en la que una mujer representaba a la Virgen María abortando un bebé. Posteriormente, el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) calificó lo ocurrido como “un acto de ataque y ofensa hacia los cristianos, particularmente los católicos”.

Las agresiones no son exclusivas de grupos fanáticos anónimos y al margen de la ley. Funcionarios argentinos también dan señales alarmantes

También ese año, le cortaron las manos a una imagen de la Virgen Inmaculada que dos semanas más tarde fue decapitada y robada en la ciudad de La Plata. Poco antes, los símbolos de un Vía Crucis habían sido arrancados y arrojados a la vereda de esa ciudad.

En el último año y medio, se documentaron otros ataques contra imágenes y templos religiosos de la Ciudad de Buenos Aires, Río Negro, Neuquén, Formosa, Córdoba, Mar del Plata, Rosario, Cruz del Eje y Río Cuarto entre otras.

Las agresiones no son exclusivas de grupos fanáticos anónimos y al margen de la ley. Funcionarios argentinos también dan señales alarmantes: el ministro de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires, Enrique Avogadro, tuvo que salir a pedir disculpas luego de que se viralizara un video en el que se lo veía en una feria de “arte” comiendo un pastel con la forma del cuerpo de Jesús crucificado. Lo que nos remite al siguiente punto.

Segundo: El rol de los poderes del Estado

Los ciudadanos le otorgamos el poder al Estado. Pero ¿el Estado lo ejerce?

En el caso de la “virgen abortera” que estamos comentando, el secretario de Culto Alfredo Abriani reconoció en Twitter (@frechuabriani) que “No pueden tolerarse este tipo de injurias, que ofenden el sentimiento religioso de una gran parte de los argentinos”.

A su vez, desde la cuenta de Twitter de la Secretaría Derechos Humanos se acordó públicamente que la muestra contenía “elementos ofensivos” de los que los artistas no habían informado y que desde esa cartera “no se avalaban agravios ni ofensas” que pudieran afectar a instituciones o colectivos de personas y sus valores religiosos.

Pero… si los funcionarios reconocen que no se pueden tolerar este tipo de injurias ni avalarse los agravios… ¿Cómo se explica la inacción estatal? ¿Impotencia frente a lo políticamente correcto? ¿Cobardía? ¿Cálculo político en año electoral?

La Secretaría de Derechos Humanos (bajo cuya órbita funciona el centro cultural donde se montó la “virgen abortera”) se limitó a solicitar que se cambiara de lugar la imagen y pedir la intervención del INADI.

Acertadamente, el Juzgado que finalmente intervino aclaró que es el Estado quien debe velar por el adecuado ejercicio de los derechos mediante el uso de su poder de Policía, ya que la muestra se lleva a cabo en una de sus dependencias. Además agregó que: “Si la libertad de culto y la religión merecen respeto y debido resguardo, pareciera claro que también sus símbolos. Y es en este punto donde no albergo duda que la imagen de la Virgen María posee un contenido de especial relevancia para todos los miembros de la Iglesia Católica”. Sin embargo, el Poder Ejecutivo no hizo nada.

El paraguas del derecho a la libre (no libertina) expresión artística no habilita dejar de lado la obligación de respetar el derecho de otros conciudadanos

Por su parte, el INADI (en cuya sede central flamean desde hace meses pañuelos verdes abortistas) dictaminó que la obra podía resultar ofensiva a la fe y a los símbolos religiosos y que no parecía posible brindar protección a este tipo de expresiones y a la vez abogar por la tolerancia, la convivencia e invocar el respeto a los principios del pluralismo. Aun así tampoco la quitó por propia iniciativa. Una auténtica patata caliente de la que nadie parecía querer hacerse cargo.

Finalmente, resulta inaudito que esta situación se verifique en un predio estatal que el Estado argentino resignificó para recordar que no debe tolerarse nunca más la violación de los derechos humanos (¡!).

Tercero: Sobreabundancia de derechos: ¿y las obligaciones humanas?

En Twitter, el secretario de Culto argentino reconoció que “la libertad de expresión es un bien y es necesaria, pero en su nombre no se puede injuriar un símbolo religioso, por lo que representa de valioso para los creyentes. Actitudes provocativas como esta en nada ayudan a trabajar en pos de una cultura del respeto necesaria en toda sociedad plural.”

Por su parte, el Juzgado que otorgó la protección cautelar también señaló que “el derecho a la libertad de expresión no es un derecho absoluto ni ilimitado…” y que su ejercicio no puede posibilitar el atropello al derecho de otras personas, en este caso, quienes ven afectados sus sentimientos religiosos.

El límite debería estar dado por el respeto. El paraguas del derecho a la libre (no libertina) expresión artística no habilita dejar de lado la obligación de respetar el derecho de otros conciudadanos.

En una época donde se habla continuamente del respeto de los derechos humanos, resulta saludable que no se pierdan de vista las obligaciones que conlleva su protección para todos (y, por las dudas, todas).

Cuarto: La relevancia de la actuación ciudadana

El desaliento y la decepción frente a la incapacidad (o la indolencia) estatal fueron suelo fértil para que la sociedad argentina -una vez más- dé muestras de su vitalidad.

Ciudadanos y organizaciones como Abogados por la Vida, la Corporación de Abogados Católicos, CitizenGO y la parroquia del vecindario en el que se encuentra el centro de exposiciones hicieron lo que el inoperante Poder Ejecutivo Nacional no hizo.

El párroco del barrio movilizó a su comunidad y concurrió personalmente al centro cultural para rezar frente a la imagen de la Inmaculada Concepción ridiculizada con el pañuelo. Todo un gesto. Firme y pacífico

Los abogados salieron con vigor en defensa del sentimiento de millones de argentinos, agredido por este ataque antirreligioso, a través de los medios y reuniéndose con las autoridades. La plataforma CitizenGO fue para ellos una herramienta valiosa: reunieron cerca de 22.000 firmas solicitando el retiro de la “virgen abortera”.

Un letrado decidió pedir a la Justicia la protección contra la embestida de artistas, activistas del aborto y un Estado cómplice por inacción. Presentó el recurso de amparo que finalmente permitió el retiro de la “virgen” de la muestra.

El párroco del barrio movilizó a su comunidad y concurrió personalmente al centro cultural para rezar frente a la imagen de la Inmaculada Concepción ridiculizada con el pañuelo. Todo un gesto. Firme y pacífico.

El ataque a la Virgen es una maniobra que carece además de coherencia discursiva interna en el feminismo. Es que estas activistas del aborto sostienen que la maternidad de María no fue deseada. Lo cual no se sigue de los documentos bíblicos, ya que en ellos figura su clara su voluntad de aceptarla: “Hágase en mí según tu palabra”. Es que en el fondo, el relato abortista tampoco respeta la voluntad de la mujer que desea ser mamá. Solo importa abortar.

En definitiva, el valor de la ciudadanía para salvaguardar sus creencias religiosas, y la del movimiento Provida para apoyarla, se han dado cita en esta Argentina compleja del siglo XXI. Una ciudadanía activa, convencida del respeto al pluralismo. Discurso y acción coherentes fundados en la realidad. Tal vez, en tiempos de posverdad, ha llegado el momento de que hagamos algo nuevo y revolucionario: defender y valorar la verdad.

Fuente: Actuall

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(México) Matrimonio igualitario, la controversia que revive en el Congreso local

“Nosotros queremos ser solidarios con la comunidad lésbico gay”, le habían dicho a los diputados los integrantes del Consejo Interreligioso Estatal de Sinaloa, al pedirles que no polarizaran el tema de reformas al Código Familiar para permitir las uniones de personas del mismo sexo.

El encuentro se dio a finales de marzo, días después de que las instalaciones del Poder Legislativo sirvieran de sede del Primer Encuentro Estatal de Activistas LGBTTTICQ+Sinalonses.

“Me extraña que en todo este discurso siempre aparezcan las iglesias como las malas. En discursos que a veces los mismos diputados han hecho en televisoras: ‘Ya no vamos a permitir este intervencionismo de las iglesias’. Como si nosotros fuéramos malas personas. Polarizan a la sociedad. Nos la ponen en contra”, reclamó entonces Baltazar Zamora Zamora, dirigente del Consejo Interreligioso Estatal de Sinaloa.

Los representantes de los cinco grupos religiosos más representativos, entre ellos, católicos, cristianos, y evangélicos, cuestionaron a los diputados de las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, Derechos Humanos, y Equidad, Género y Familia, que habiendo tantos temas por resolver como el campo, los niños de guarderías y la gasolina, hubiera tanta prisa para el tema del matrimonio igualitario, incluso que tenían versiones de que ya había un dictamen prácticamente listo.

El tema volvió a revivirse de nuevo, con mayor solidez, cuando al iniciar abril y el segundo periodo ordinario de sesiones, el Grupo Parlamentario de Morena presentó su agenda legislativa e incluyó las reformas al Código Familiar para cambiar la definición de matrimonio y así superar la vigente que fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

De acuerdo al calendario parlamentario, las reformas pudiesen votarse a más tardar el 31 de julio del presente año, tras tres legislaturas que han postergado llevar el tema al Pleno para su votación.

La atención a la comunidad LGBTTTICQ

En un hecho sin precedentes, las instalaciones del Congreso del Estado sirvieron de sede para una reunión de la comunidad LGBTTTICQ. La reunión fue realizada el domingo 10 de marzo y concluyó ese día por la tarde.

La organización del evento fue cuestionada por el Consejo Interreligioso Estatal de Sinaloa, aunque después la presidenta de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO), Graciela Domínguez Nava, les explicara que la reunión fue facilitada por el Poder Legislativo a petición de la comunidad LGBTTTICQ, quienes solicitaron un salón para realizar el encuentro estatal de activistas.

En el encuentro con la comunidad Lésbico, Gay, Transexual, Travesti, Transgénero, Intersexual y Queer, participaron la senadora Imelda Castro Castro y las diputadas federales, Nancy Yadira Santiago Marcos y Merary Villegas Sánchez, así como la diputada local Yeraldine Bonilla Valverde, todas integrantes de las bancadas legislativas de Morena.

En su participación, la presidenta de la JUCOPO y coordinadora del Grupo Parlamentario de Morena les dijo que el matrimonio igualitario está en las primeras reformas que el Congreso del Estado realizaría y que no falta mucho para que eso sucediera.

En este encuentro estatal, la legisladora explicó a los participantes que el tema de matrimonio igualitario no ha sido dictaminado, no por un asunto de exclusión, sino porque se estaban creando las condiciones para en lo inmediato avanzar y aprobar derechos que no deberían de regatearse.

Además de matrimonios igualitarios hay otros mandatos que el Congreso debe atender y la prioridad de esta legislatura, será en materia de derechos humanos, comentó.

El Congreso del Estado está comprometido con el respeto de todos los derechos y ninguna autoridad debería regatearlos, menos cuando existen ordenamientos constitucionales expresos o sentencias del Poder Judicial que deben atenderse, aseguró ante la comunidad LGBTTTICQ reunida.

El reclamo de los grupos religiosos

El Consejo Interreligioso Estatal de Sinaloa no tardó en reaccionar y reclamar que sean vistos como ciudadanos de segunda.

En una audiencia con diputados de diversos grupos parlamentarios y participantes de las comisiones de Derechos Humanos, Puntos Constitucionales y Gobernación, y Equidad de Género y Familia, el Consejo Interreligioso Estatal de Sinaloa se quejó que los hacían ver como homofóbicos y malos, cuando en realidad forman parte de un sector que brinda atención a la comunidad como por ejemplo con refugios para migrantes, comidas calientes a personas de muy bajos recursos en zonas marginadas, entre otros apoyos asistenciales que brindan.

“Nos presentamos delante de ustedes, no solo para que simulen un requisito”, les señalaron a los diputados al exponer que no eran omisos a las diferentes realidades sociales, y reconocían la necesidad de que se busque una figura jurídica para las uniones de un mismo sexo.

Ahí los representantes religiosos aclararon que no están en contra que el tema se lleva al Pleno, pero pidieron que antes de que se presente un dictamen se realicen los foros necesarios para abrir un espacio de diálogo con diversos especialistas en el tema.

Expresaron que aunque la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya emitió una información, cada entidad tiene sus instancias para fomentar el diálogo, por lo que propusieron la realización de foros que deberán ser tomados en cuenta a la hora de tomar una decisión final.

“El estado laico es el respeto a las diferentes formas de creencia. No es hacer a un lado todo lo religioso. Es un derecho humano, vivir el aspecto de la fe”, expresaron.

Las iniciativas para reformar el código familiar

A la fecha existen cuatro iniciativas presentadas en espera de ser dictaminadas sobre reformas al artículo 40 del Código Familiar del Estado de Sinaloa que define al matrimonio, y una más sobre sociedades de convivencia, como una figura jurídica alterna.

La iniciativa de mayor antigüedad es la presentada por Sandra Judith Lara Díaz. Su iniciativa de reformas para crear la figura del matrimonio y el concubinato igualitario fueron presentadas por primera vez el 3 de septiembre de 2014 en dos legislaturas anteriores, cuando era diputada.

En la descripción de motivos argumenta el principio de no desigualdad por motivos de preferencia sexual, además cita la tesis publicada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en julio de 2014, en la cual se señala expresamente que el matrimonio del mismo sexo no tiene razón de índole constitucional para no reconocerlo.

El texto de la iniciativa define que tanto el matrimonio, como el concubinato, son uniones voluntarias de dos personas, en lugar de establecerlas sólo entre un hombre y una mujer.

Otra iniciativa en la materia fue presentada en julio de 2017 por el entonces diputado del PAN, Roberto Cruz, y ratificada al inicio de la presente legislatura, sobre la definición de matrimonio.

Una iniciativa similar fue presentada por la entonces compañera de Legislatura, Merary Villegas, actual diputada federal de Morena, quien la ratificó junto con activistas líderes de la comunidad LGTB, Almendra Ernestina Negrete, y Santiago Ventura Cárdenas.

En el mismo tema, pero con un enfoque diferente también está esperando una iniciativa de reforma del Código Familiar presentada en julio de 2018 por el entonces diputado del PAN, Juan Pablo Yamuni Robles, para crear la figura de sociedades de convivencia.

La propuesta que fue ratificada en diciembre del presente año, argumenta que busca la protección jurídica de la unión de personas sin distinción alguna que no estén dentro de la figura del matrimonio o concubinato.

La propuesta, sostiene, que las sociedades de convivencia que ya funcionan en otros países pueden ser de igual o diferente sexo, se establecen en un lugar común con voluntad de permanencia y ayuda mutua, sin que sea necesario una relación amorosa de pareja.

Las últimas dos legislaturas prefirieron no discutir en el Pleno el tema de las reformas al Código Familiar para permitir en Sinaloa los matrimonios de personas del mismo sexo. Las iniciativas pasaron entonces a la “congeladora legislativa”.

Al inicio de la presente Legislatura, el Grupo Parlamentario de Morena, junto con diputados del PT, Marco César Almaral y Mario Rafael González, y la legisladora del PES, Karla Montero, también presentaron su propuesta colectiva de reforma al Código Familiar, para definir tanto el matrimonio como el concubinato como la unión de dos personas, en lugar de limitarlo a la unión de una mujer y un hombre.

La necesidad de discutir en el Poder Legislativo el tema del matrimonio igualitario es ahora la nueva coincidencia de todas las partes involucradas y grupos parlamentarios, aunque no todos comparten la decisión que deberá tomarse.

“No le vamos a sacar la vuelta a ningún tema que ha sido incómodo en el pasado a las Legislaturas”, dijo el diputado del PRD, Edgar González, al inicio del presente periodo ordinario de sesiones al afirmar que en la actual Legislatura no hay temas tabús, ni escondidos.

“No hay necesidad de tanto forcejeo, ni envalentonarse contra quien no tiene la fuerza para poder sostener una propuesta. Ni tampoco hacer escarnio. Ni tratar con desdén a quien hoy quiere abrirse al diálogo”, dijo el perredista a manera de remate en el encuentro sostenido con grupos religiosos.

Fuente: Río Doce