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(Chile) Diputados aprueban proyecto que rompería secreto de confesión

La Cámara de Diputados de Chile aprobó un proyecto de ley que de ser ratificado por el Senado, obligaría a los sacerdotes a romper el secreto de confesión en los casos de abusos sexuales, una decisión “muy grave” porque atenta contra la libertad religiosa, señaló un abogado canonista.

El proyecto fue presentado en mayo de 2018 por el diputado demócrata cristiano Raúl Soto en el marco de la crisis por los abusos sexuales cometidos por miembros del clero en Chile. En octubre de ese año la Comisión de Constitución aprobó el documento y la votación de la Cámara Baja del 23 de abril favoreció la iniciativa por 128 votos.

De aprobarse el proyecto de ley en el Senado, se modificará el artículo 175 del Código Procesal Penal para ampliar el “espectro de personas obligadas a denunciar delitos cometidos contra niños, niñas o adolescentes y/o adultos que por sus condiciones físicas o mentales requieren de especial protección», describe el documento.

Actualmente el Código Procesal Penal obliga a denunciar estos casos a los directores de establecimientos educacionales, policías, jefes de puertos, capitanes de navíos.

El proyecto aprobado por los diputados extiende esta obligación a las «autoridades eclesiásticas de cualquier confesión religiosa, sea de derecho público o derecho privado, y, en general, los obispos, pastores, ministros de culto, diáconos, sacerdotes, religiosas u otras personas que conforme a las reglas de cada denominación religiosa detenten algún grado de autoridad sobre una congregación o grupo de personas en razón de la práctica de alguna creencia».

Así como a los directivos de asociaciones, fundaciones o agrupaciones de carácter cultural, juvenil, educativa, deportiva o de otra índole.

Sin embargo, los diputados también aprobaron con 81 votos la indicación que obliga a denunciar los ilícitos “si tal conocimiento fue tomado con ocasión de secreto de confesión o secreto profesional”.

Para el abogado canonista y vocero de Voces Católicas, Alejandro Álvarez, este último punto “es muy grave, ya que se está imponiendo una conducta que pugna contra una disposición expresa de la ley canónica, como lo es el sigilo sacramental”.

Álvarez aseguró que la disposición “entra en conflicto con el derecho canónico” y “también con el ordenamiento jurídico chileno”, que reconoce y ampara las leyes y reglamentos propios de las corporaciones y fundaciones de derecho público, entre las cuales se encuentran las iglesias y comunidades religiosas.

En el caso de la Iglesia Católica “esa ley y reglamento especial es el derecho canónico”, precisó el abogado canonista a ACI Prensa.

Álvarez manifestó que la vulneración del secreto de confesión “es un atentado contra la libertad religiosa,equiparando dos situaciones jurídicas totalmente distintas: el secreto profesional y el sigilo sacramental”.

“En el caso del sigilo sacramental el canon 983, 1 establece que este es inviolable, y en caso de contravención a este mandato la sanción es la excomunión latae sentenciae, de acuerdo al canon 1388, por lo cual está terminantemente prohibido al confesor descubrir al penitente, de palabra o de cualquier otro modo, y por ningún motivo”, precisó el abogado.

Álvarez advirtió que con este proyecto de ley “estamos poniendo al clérigo en posición de elegir entre violar la ley del Estado y quedar sometido a las consecuencias de ello, o ser excomulgado, lo que claramente atenta contra su libertad religiosa, vulnera sus derechos y los de los fieles que acuden al sacramento de la confesión”.

Fuente: ACI Prensa

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(EEUU) Musulmana responde a protestas vs su religión con una sonrisa

Esta joven se tomó una fotografía mientras realizaba un gesto por la paz ante manifestantes contra el islam

«El islam es una religión de sangre y asesinato», rezaba uno de los tantos carteles que portaban manifestantes que repudiaban una convención de la comunidad musulmana que tuvo lugar el pasado fin de semana en Washington (Estados Unidos), pero la protagonista de esa protesta fue una mujer ataviada con un velo cuando apareció en una fotografía que se volvió viral.

Shaymaa Ismaaeel, de 24 años, se encontró por primera vez con esas personas que despreciaban su fe cuando intentaba acceder a la convención del Círculo Islámico de Norteamérica del Norte el pasado 20 de abril, pero siguió su camino. Al día siguiente, tras comprobar que seguían «muy molestos», su rostro «se iluminó» y decidió «combatir su odio con amabilidad».

https://www.instagram.com/p/BwhqBVHAeSt/

En la instantánea, esta joven luce sonriente mientras realiza un símbolo de paz con su mano. «Quería que vieran la sonrisa en mi cara y lo feliz que estaba de ser yo y caminar como una mujer musulmana», explicó.

«Hoy, más que nunca, somos conscientes de nuestras luchas y queremos defendernos a nosotros mismos», así como «mostrarles que seguiremos siendo amables sin pedir disculpas y continuaremos difundiendo el amor frente al fanatismo», detalló Ismaaeel.

https://www.instagram.com/p/BwhtWW-gxVa/?utm_source=ig_embed

Mientras sonreía, un hombre se acercó, le dijo que su cara «debería estar cubierta» y definió su religión como un «culto».

Este documento gráfico ha obtenido casi 294.000 ‘me gusta’ en las redes sociales.

Fuente: El Diario de Chihuahua

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(Holanda) En Holanda habría cárcel a parejas que se casen por religión antes que por lo civil

En Holanda, la izquierda verde, el Groenlinks, y los liberales, el VVD (Partido Popular por la Libertad y la Democracia), presentaron este miércoles un proyecto de ley para multar con hasta 4.000 euros o seis meses de prisión a cualquier persona que contraiga matrimonio religioso antes de que esté legalmente casada por lo civil.

El VVD, partido del primer ministro Mark Rutte, y los verdes, grupo parlamentario de la oposición, subrayan su preocupación especialmente por los abusos en los matrimonios islámicos, cuya validez es reconocida por algunas familias musulmanas y que, en algunos casos, sirven para evitar la ley ante matrimonios forzados o de menores de edad.

«No deberíamos crear un tipo de sociedad paralela en la que la ley islámica tenga prioridad sobre la ley holandesa«, alertó Jeroen van Wijngaarden, del VVD, tras presentar una iniciativa legal que, en principio, debería lograr sin obstáculos la mayoría parlamentaria.

En Holanda, ya se está multando a los líderes religiosos que ofician una boda religiosa antes de que se haya producido el matrimonio por lo civil en una institución pública, pero «algunos ignoran las reglas», según el político liberal, que propone extender la multa a las propias personas que se casan y a los testigos del matrimonio.

En el artículo 68 del Código Civil holandés, se reconoce el derecho de las parejas a contraer matrimonio en ceremonias religiosas pero no sin que antes «aparezcan las partes frente» a un funcionario del Estado civil.

Además, se subraya que ambos deben tener al menos 18 años de edad y solo pueden estar casados con una persona, en un rechazo a la poligamia, a la que también se recurre, para evitar la ley, a través del matrimonio religioso.

Fuente: RCN Radio

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(Costa Rica) ¿Una ley de «libertad religiosa y de culto»?

El diputado Jonathan Prendas propone que se adopte una «libertad religiosa y de culto». En las redes sociales se le trata de idiota, desinformado o ladrón del fisco. Sin embargo, para nada es idiota, ignorante y mucho menos está calentando la curul. Sabe muy bien lo que hace. Es un fanático religioso —un talibán evangélico— que tiene muy claro su objetivo de eliminar la democracia y convertir a Costa Rica en una teocracia.

Entiende muy bien lo que propone; no se trata de una ocurrencia ridícula. Por el contrario, es un plan deliberado. Estamos frente a una ofensiva de grupos fundamentalistas, cuyo fin es debilitar el edificio de derechos y libertades individuales. No es casualidad que haya avanzado su propuesta mientras criticaba al gobierno por el allanamiento del OIJ en la Conferencia Episcopal. Miente adrede, a sabiendas de que la Fiscalía y la policía judicial no dependen del Ejecutivo, porque así obtendría réditos electorales. Es consciente de que se recababa prueba acerca de delitos aberrantes, pero en su designio por instaurar la dictadura teocrática, todo medio es válido para proteger a los «ungidos».

La propuesta de Jonathan Prendas debe tomarse dentro del contexto histórico que vivimos:

  • Una fracción legislativa fundamentalista que es la segunda más grande (a pesar de la división coyuntural por ambiciones pecuniarias y de poder).
  • Fracciones de partidos políticos, supuestamente seculares, que se pliegan a los religiosos con la esperanza de allegar votos (PLN, PUSC, PIN). No tienen consciencia de que para los fundamentalistas los partidos seglares deben desaparecer.
  • Una Iglesia católica (IC) en desbandada, debido a sus «pecados» (delitos) y a posiciones tomadas del libro de texto de los fundamentalistas evangélicos, las más de las veces contrarias a la doctrina social de la misma IC. Una IC costarricense que ha creído que uniéndose a los que buscan su aniquilación evitaría seguir perdiendo fieles.
  • Un país que sigue creyendo en mitos (como que somos el país más feliz del mundo) y que no se ha dado cuenta de que las virtudes del diálogo y el respeto a los demás se han perdido, frente a los dogmatismos religiosos, económicos y políticos.
  • Congregaciones que dicen seguir al Príncipe de la Paz, pero que esbozan ideologías que son:
    • Vetustotestamentarias: por lo tanto negacionistas de Cristo. Ancladas en la lógica de venganza, guerra y eliminación del otro —del no ungido, del pecador, del infiel— del Antiguo Testamento.
    • Maquiavélicas: cualquier medio es válido para alcanzar el fin último de hacerse con el poder, sobre todo la mentira (de nuevo negación de Cristo, que se definía a sí mismo como la Verdad);
    • Marxistas: su accionar se revela en una lógica de lucha de clases esbozada por Karl Marx y no del amor al prójimo estatuido por Jesucristo, así como la instauración de una tiranía de partido, la «dictadura del clero».

No es casualidad que Prendas resucite el proyecto justo cuando los personeros de Capitol Ministries han iniciado su cruzada política en el país. Estos personajes son los asesores «espirituales» de la actual Casa Blanca y en específico del vicepresidente Mike Pence, quien es uno de los más férreos proponentes de ese tipo de leyes en los Estados Unidos. Cuando Pence era gobernador de Indiana se adoptó la Ley de restauración de la libertad religiosa (RFRA, por sus siglas en inglés). Esta ley permite que individuos y empresas hagan valer, como defensa en procedimientos legales, que su libertad de culto los faculta para violentar los derechos de otras personas. Se permite exceptuarse de la aplicación de la ley alegando que los otros, por su religión, preferencia identitaria, raza, origen, etc., ofenden sus convicciones religiosas. Así, un médico podría negarse a realizar un procedimiento que salvaría una vida, si el paciente es musulmán, inmigrante u homosexual.

Este tipo de leyes existen en muchos estados de los EEUU, siempre promovidas por grupos religiosos extremistas, como Capitol Ministries. En ningún caso se trata de leyes que protegen el fuero interno de las personas (su libertad de culto), sino de legislación dirigida a destruir el principio fundamental de la no discriminación. Lejos de garantizar un derecho humano, buscan demoler las garantías que nos protegen en tanto que seres humanos.

En Costa Rica no son necesarias leyes específicas que protejan la libertad de culto. Ese derecho está resguardado, a nivel superior al de una ley, por la misma constitución (CP) y por tratados internacionales de protección de los derechos humanos. Pero esos instrumentos poseen dos cualidades que chocan con los intereses de Prendas y sus adláteres:

1)      Garantizan que nadie sea discriminado.

2)      Disponen que nadie está por encima de la ley.

Esto lo que estorba a quienes procuran imponer el talibanismo criollo. No sorprende por ello que el proyecto de ley empiece con una falacia: un supuesto «principio de autorregulación». Ya desde el artículo 1 del proyecto de ley 19.099 se parte con el engaño, en el más puro estilo maquiavélico. El embuste para lograr la dictadura de la clase sacerdotal. Esa norma estatuye que se «pretende establecer los parámetros básicos para el funcionamiento de las organizaciones religiosas, en atención al principio de auto regulación que está consagrado en los indicados instrumentos internacionales» (sic; las negritas son nuestras).

Los tratados internacionales de protección a los derechos humanos que protegen la libertad de conciencia y religión a que se refiere ese artículo son el Pacto internacional de derechos civiles y políticos (PIDCP) y la Convención americana sobre derechos humanos (CADH), en sus artículos  18 y 12 respectivamente:

«Artículo 18:

  1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de los ritos, las prácticas y la enseñanza.
  2. Nadie será objeto de medidas coercitivas que puedan menoscabar su libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección.
  3. La libertad de manifestar la propia religión o las propias creencias estará sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos, o los derechos y libertades fundamentales de los demás.
  4. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, para garantizar que los hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones» (PIDCP).

«Artículo 12.  Libertad de conciencia y de religión:

  1. Toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión. Este derecho implica la libertad de conservar su religión o sus creencias, o de cambiar de religión o de creencias, así como la libertad de profesar y divulgar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado.
  2. Nadie puede ser objeto de medidas restrictivas que puedan menoscabar la libertad de conservar su religión o sus creencias o de cambiar de religión o de creencias.
  3. La libertad de manifestar la propia religión y las propias creencias está sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley y que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos o los derechos o libertades de los demás.
  4. Los padres, y en su caso los tutores, tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones» (CADH).

La lectura de ambos artículos deja patente que no existe un «principio de autorregulación», que ponga a las organizaciones religiosas y a su clase sacerdotal por encima de la ley. Al intentar sacralizar ese precepto en la ley de libertad religiosa y de culto, se persigue colocar a un estamento específico de personas —los «ministros religiosos»— por encima de la ciudadanía. Ello es, el poder divino se coloca sobre el soberano (el pueblo) y el estado de derecho.

La ley está plagada de normas que abstraerían a la clase sacerdotal del imperio del derecho. Se crea un sistema de impunidades, como lo demuestran tres artículos que transcribo a modo de ilustración:

«Artículo 21.- Derechos al secreto sacramental.

Los ministros religiosos tendrán el derecho a guardar el secreto sacramental, ministerial o religioso; ninguna autoridad o funcionario público puede obligarles a revelarlo» (sic; las negritas son propias).

«Artículo 41.- Atribuciones.

  1. h) Llevar un registro de los ministros religiosos acreditados como tales por sus organizaciones respectivas, cuando estas mismas lo soliciten, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la presente ley, asignándoles un número de identificación y, a solicitud del interesado, expedirá una credencial en la que indicará su nombre, la organización religiosa que lo acredita y su vigencia. Queda facultada también la organización religiosa para expedir sus propias credencialesSe garantiza el respeto al principio de organización y autorregulación de cada organización religiosa, de solicitar o abstenerse de registrar a sus ministros ante el registro mencionado en el presente inciso» (sic; las negritas son nuestras).

«Artículo 42.- Consejo Consultivo Asesor de Asuntos Religiosos [CCAAR].

El Consejo Consultivo Asesor de Asuntos Religiosos es un espacio compuesto por representantes de las organizaciones religiosas del país, cuya función principal será analizar la situación de la libertad religiosa y de culto en Costa Rica, así como la correcta aplicación de la presente ley, y emitir recomendaciones y sugerencias para las autoridades públicas en la materia. Este consejo se auto organizará según lo definan sus miembros» (sic; las negritas son nuestras).

Estos tres artículos son sintomáticos de la ley. Permiten discernir el verdadero propósito del proyecto. Es obvio que no tiene nada que ver con la protección de la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Su objetivo es crear una estructura que blinde a la clase clerical frente al ordenamiento jurídico, a las autoridades establecidas de conformidad con la CP y del poder del soberano.

El CCAAR se establece como un tribunal independiente del Poder Judicial, que tendrá la última palabra en asuntos religiosos. Será una especie de Sala IV en todo aquello que el mismo CCAAR estime que entra en su esfera de acción, lo que le da asimismo una función legislativa. Es lo que el art. 42 llama «la correcta aplicación de la presente ley».

El CCAAR es la negación misma del cimiento de la democracia y del Estado de Derecho: la división de poderes. Esta descansa sobre la premisa de que ningún poder del estado es superior a los otros, sino que existen pesos y contrapesos que equilibran el ejercicio de sus funciones. Ese balance entre los órganos primordiales del estado es el que garantiza el ejercicio democrático del poder.

No obstante, el art. 42 crea un ente que se autorregulará, que se autodifinirá y que establecerá qué materias entran en su esfera de acción. Se destruye así otro instituto fundamental de nuestro ordenamiento, la seguridad jurídica. Se crea como un órgano con todos los atributos de un poder estatal, en especial legislativo (se autoorganiza y define su campo de acción) y judicial (decide cual es el ámbito de aplicación de la ley sin intromisiones de los tribunales) que decidirá a su antojo como ha de entenderse todo aquello que decida entra en el ámbito de lo religioso. Es un engendro que se crea para destrozar las garantías y libertades individuales; una aberración que no tiene más contrapeso que sus decisiones antojadizas.

Peor aún, sus miembros no son electos por el soberano; el pueblo no tiene ninguna ingerencia en su composición. Son las iglesias (la IC y una alianza de congregaciones evangélicas de propio derecho) las que deciden quienes son sus integrantes. Este monstruo no rinde cuentas; impone dogmas. Se llega, por medio de esta ley, a sembrar el germen de la destrucción del estado democrático de derecho, para instaurar una tiranía teocrática, la «dictadura del clero».

Toca a los órganos competentes descartar este proyecto de ley de la corriente legislativa. Pero toca sobre todo a la Sala Constitucional y al TSE velar por que los principios constitucionales que prohíben el uso de la religión en la política —sea en las decisiones de los órganos estatales— se respeten (art. 28 CP). Ha errado en varias ocasiones el TSE al no sancionar a quienes utilizan la religión para hacer llegar votos a sus tiendas electorales. Erró cuando se negó a considerar a los pastores evangélicos como miembros del clero, porque no eran sacerdotes católicos. Es hora de que se defiendan el Estado de Derecho, así como los derechos y libertades de todas las personas, sin distinciones ni discriminaciones.

 

Fuente: Delfino

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(EEUU) Comisión norteamericana para la Libertad Religiosa Internacional condena la sentencia impuesta a matrimonio evangélico cubano

La Comisión de los Estados Unidos para la Libertad Religiosa Internacional (USCIRF) condenó este miércoles la sentencia impuesta por un tribunal cubano a un matrimonio de pastores evangélicos por educar a sus hijos en casa.

El pastor Ramón Rigal, de la Iglesia de Dios en Cuba, y su esposa Ayda Expósito, fueron sancionados el pasado lunes en Guantánamo a dos años y uno y medio de cárcel respectivamente, por educar a sus hijos en su casa.

Ambos fueron acusados por supuestos “actos contra el normal desarrollo del niño, asociación ilícita y asociación para delinquir”.

“Esta represión contra los cristianos que educan en el hogar a sus hijos es parte del asalto sistemático a la religión del gobierno cubano, que incluye el aislamiento de líderes religiosos y activistas por hostigamiento y discriminación”, dijo la vicepresidenta de USCIRF, Kristina Arriaga.

“Instamos al gobierno cubano a que cese de inmediato todas las tácticas de intimidación y libere al Pastor Rigal y su esposa junto con otros detenidos por educar en el hogar a sus hijos de acuerdo con sus creencias religiosas”, añadió.

El pastor Rigal se negó a mandar a sus hijos a la escuela debido a sus creencias religiosas, y a su rechazo a la promoción del socialismo y el ateísmo en los colegios de la Isla.

Según informó la Comisión en su página web, el abogado independiente Roberto Jesús Quiñones Haces, que intentó estar presente en el juicio, fue también detenido y golpeado.

USCIRF es una entidad gubernamental bipartidista independiente creada por el Congreso de Estados Unidos para monitorear, analizar e informar sobre amenazas a la libertad religiosa en el extranjero. En ese sentido, puede hacer recomendaciones al Presidente, al Secretario de Estado y al propio Congreso.

El próximo lunes 29 de abril presentará su Informe Anual de 2019 acerca de la libertad religiosa en todo el mundo.

Fuente: Cibercuba

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(Argentina) En el Templo Libertad se recordó a las víctimas del atentado en las mezquitas de Nueva Zelanda

En la sinagoga de la Congregación Israelita de Argentina se organizó un acto para recordar a las víctimas del atentado en las mezquitas en Nueva Zelanda

El 15 de marzo, el desconcierto y el horror invadieron la apacible ciudad de Christchurch, en Nueva Zelanda. Un hombre armado con una ametralladora semiautomática atacó dos mezquitas en plena hora de las oraciones musulmanas. Mató a 50 personas e hirió a otro medio centenar.

Este martes, a 39 días de la masacre, en la sinagoga de la Congregación Israelita de Argentina, también conocida como Templo Libertad se llevó a cabo un acto recordatorio por las víctimas del atentado terrorista. La cita convocó a representantes de comunidades religiosas de todo el país.

Se reunieron referentes de distintas comunidades religiosas
Se reunieron referentes de distintas comunidades religiosas

La congregación tuvo como impulso el «espíritu de hermandad» para «hacerle frente al odio y el terror y llevar unidos oraciones a la acción, mostrando que el amor por la vida y la diversidad es más fuerte que la voluntad de aquellos que quieren empobrecer el mundo por medio de la violencia».

«En los reiterados ataques a fieles de mezquitas, iglesias, de sinagogas y otros centros de culto subyace un pensamiento racista que se manifiesta en homofobia, antisemitismo, y otras formas de intolerancia basadas en prejuicios, miedo y odio«, comenzó Nancy Falcón, directora ejecutiva del Centro Alba, quien tomó la palabra en primer lugar.

En ese sentido, la organizadora consideró invitar y contrarrestar esos actos intolerantes «concordando desde el diálogo» con miembros de diferentes tradiciones religiosas y culturales. «No pudimos pensar este homenaje de otra manera sino unidos como hermanos, cada uno desde su tradición orando por la paz», concluyó.

La embajadora de Nueva Zelanda en Argentina, Raylene Liufalani
La embajadora de Nueva Zelanda en Argentina, Raylene Liufalani

La embajadora de Nueva Zelanda en Argentina, Raylene Liufalani, estuvo presente en la ceremonia. Tras recalcar que el Gobierno ha expresado que no tolera la violencia y el extremismo de ningún tipo, sostuvo: «En nuestro país hay más de 200 grupos étnicos, somos una de las naciones con mayor diversidad cultural. Y los mulsumanes son parte de nuestra comunidad. Son nuestros colegas, nuestros vecinos. Nos enorgullece esa capacidad de inclusión».

A continuación el rabino y secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Sergio Bergman, llamó a «renovar la esperanza» mediante «actos fraternos», ya que «si hay algo que la Argentina tiene como bendición es la confraternidad: podemos disentir sobre muchos temas pero no hay una religión que nos divide«.

El rabino y secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Sergio Bergman
El rabino y secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Sergio Bergman

El autor de la atentado de Nueva Zelanda, Brenton Tarrant, un ciudadano australiano de 28 años, transmitió por Facebook Live la matanza en la mezquita de Al Noor, un video de 17 minutos en el que masacra a los feligreses que asistían al templo para rezar. Minutos después de ello, en la mezquita de Linwood, a cinco kilómetros, asesinó a otras 7 víctimas.

«Solo la locura y el odio racial y religioso puede explicar el ataque a las dos mezquitas», empezó su discurso el presidente del Consejo Argentino para la Libertad Religiosa, Raúl Scialabba, y puso el foco en el accionar del «no fue un atentado más». «Ese acto fue de un terrorismo concebido para ser viral. El asesino quería la atención del mundo y logró obtenerla cometiendo un acto de terrorismo masivo».

Los oradores condenaron además los atentados del domingo pasado en Sri Lanka
Los oradores condenaron además los atentados del domingo pasado en Sri Lanka

Antes del epílogo del encuentro cada uno de los oradores alzó además la voz de repudio contra los ocho atentados con explosivos realizados el pasado domingo en Sri Lanka en iglesias y hoteles, que dejaron más de 290 víctimas fatales y casi 500 personas heridas. La ceremonia cerró con un minuto de silencio.

 

Fuente: Mega 103

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(Puerto Rico) Puerto Rico contará con legislación sobre terapias de identidad sexual y religión

El gobernador de Puerto Rico, Ricardo Rosselló, anunció proyectos legislativos de consenso que prohibirán las terapias «reparativas» sobre identidad sexual para personas de la comunidad lesbiana, gay, bisexual, transexual y transgénero (LGBTT) y la adopción de guías sobre la libertad religiosa.

«En del día de hoy estamos presentando proyectos de consenso, junto a líderes religiosos y de la comunidad LGBTT para establecer por ley las guías de libertad religiosa y para prohibir las terapias de conversión -de identidad sexual-«, indicó hoy a través de un comunicado Rosselló.

Ambas medidas atienden las preocupaciones que generaron el Proyecto de la Cámara 1018 de libertad religiosa y el Proyecto del Senado 1000 sobre terapias «reparativas».

El primer proyecto recoge las Guías para la Protección de la Libertad Religiosa, basadas en el marco de derecho federal y local sobre separación de Iglesia y Estado y la libertad de expresión.

El proyecto establece que se proveerá acomodo razonable a una persona por motivo de su libertad religiosa, pero se deberá notificar con anterioridad y el servicio siempre se otorgará.

«Con esta legislación logramos un balance para que el empleado pueda reclamar su derecho a la libertad religiosa, mientras se garantiza que la ciudadanía reciba los servicios gubernamentales. Es importante recalcar que, como política pública principal, no se podrán negar servicios gubernamentales a ningún ciudadano», indicó.

El segundo proyecto prohíbe que profesionales de salud mental sometan a un menor a terapias «reparativas» sobre identidad sexual que sean contrarias a la voluntad del paciente o que supongan un atentado contra la dignidad humana.

«Con esta ley prohibimos que profesionales de la salud practiquen estas terapias ‘reparativas’, que tanto daño le hacen a los menores en el momento en que se encuentran aceptando su identidad sexual», indicó el gobernador.

Ambos proyectos fueron trabajados con colaboradores de ambos sectores, incluidos el senador Miguel Romero y a la legisladora María Milagros Charbonier.

Charbonier indicó que «hoy podemos apreciar dos legislaciones que son producto del consenso entre dos sectores con ideologías muy diferentes. Sin embargo, ambos se han unido por el bienestar de todos los puertorriqueños».

El senador Miguel Romero elogió la iniciativa de la presentación de ambos proyectos e indicó que «el proyecto de libertad religiosa promueve un balance del derecho constitucional vigente y expone unas guías claras, asegurando que se le brinde el servicio al ciudadano».

Romero agregó que «de igual forma, entiendo apropiado prohibir por legislación las terapias reparativas, sin que se entienda como un menoscabo al derecho de los padres a ejercer la patria potestad sobre sus hijos y al ejercicio de la libertad religiosa por parte de las iglesias y sus instituciones».

Por su parte, el director ejecutivo de la Oficina del Tercer Sector y Base de Fe, Héctor Albertorio Blondet, expresó que «este es un momento histórico en el que el sector religioso y la comunidad LGBTT llegan a un consenso en temas de suma importancia para ambos. Con esta ley logramos que se reconozca la libertad religiosa como derecho fundamental de los puertorriqueños, cosa que es esencial para el pueblo creyente».

Mientras, la presidenta del Consejo Asesor en Asuntos LGBTT, Johanne Vélez, manifestó que «la comunidad LGBTT ha estado luchando por años la prohibición de estas terapias ‘reparativas’. Me siento muy orgullosa de haber formado parte de la discusión de estos proyectos de consenso, trabajados por comunidades que típicamente tienen pensamientos encontrados».

Fuente: Hoy Los Ángeles

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(Opinión) Cuatro lecciones de Argentina sobre el odio religioso

La movilización ciudadana ha logrado la retirada de una escultura de una Virgen María ataviada con el pañuelo que identifica a los abortistas en Argentina. Tal vez, en tiempos de posverdad, ha llegado el momento de que hagamos algo nuevo y revolucionario: defender y valorar la verdad.

El pasado 17 de abril el Poder Judicial ordenó retirar de la exposición pública en un Centro Cultural estatal argentino una imagen de yeso que buscaba ridiculizar a la virgen María mostrándola con un pañuelo verde al cuello, signo en Argentina de la campaña por el aborto legal. Dicha imagen había sido transportada hasta el lugar montando una parodia de procesión religiosa en apoyo al aborto.

Lo que sucedió el pasado jueves (en vísperas de iniciar la Semana Santa) fue una victoria pequeña en su materialidad pero de innegable valor simbólico.

Ante la inoperancia del Poder Ejecutivo frente a esta provocación de odio religioso, sobresalen cuatro aspectos que describen cómo se planteó este problema y de los cuales podemos extraer lecciones interesantes: 

Primero: El auge de la “cristianofobia”

Si hablamos de persecuciones a la Cristiandad, nos vienen a la mente imágenes de matanzas ocurridas en África o en Asia -como la reciente en Sri Lanka-. Pero no, en Sudamérica también está sucediendo, aunque con matices diferentes. Repasemos algunos hechos:

En 2004, en la catedral de Santiago de Chile, fue degollado, en supuesto cumplimiento de un rito satánico, el sacerdote Faustino Gazziero mientras oficiaba la Misa.

En Argentina, donde se rechazó el aborto en 2018, lamentablemente los hechos de odio religioso son cada vez más frecuentes.

En 2013, atacaron con botellazos y pintura, orinaron e intentaron entrar a la catedral de Córdoba durante un festival de coro escolar. Los padres y la Policía lograron cerrar los portones y evitar mayores daños.

En 2017, frente a la catedral de Tucumán, un grupo de jóvenes montó una escena explícita en la que una mujer representaba a la Virgen María abortando un bebé. Posteriormente, el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) calificó lo ocurrido como “un acto de ataque y ofensa hacia los cristianos, particularmente los católicos”.

Las agresiones no son exclusivas de grupos fanáticos anónimos y al margen de la ley. Funcionarios argentinos también dan señales alarmantes

También ese año, le cortaron las manos a una imagen de la Virgen Inmaculada que dos semanas más tarde fue decapitada y robada en la ciudad de La Plata. Poco antes, los símbolos de un Vía Crucis habían sido arrancados y arrojados a la vereda de esa ciudad.

En el último año y medio, se documentaron otros ataques contra imágenes y templos religiosos de la Ciudad de Buenos Aires, Río Negro, Neuquén, Formosa, Córdoba, Mar del Plata, Rosario, Cruz del Eje y Río Cuarto entre otras.

Las agresiones no son exclusivas de grupos fanáticos anónimos y al margen de la ley. Funcionarios argentinos también dan señales alarmantes: el ministro de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires, Enrique Avogadro, tuvo que salir a pedir disculpas luego de que se viralizara un video en el que se lo veía en una feria de “arte” comiendo un pastel con la forma del cuerpo de Jesús crucificado. Lo que nos remite al siguiente punto.

Segundo: El rol de los poderes del Estado

Los ciudadanos le otorgamos el poder al Estado. Pero ¿el Estado lo ejerce?

En el caso de la “virgen abortera” que estamos comentando, el secretario de Culto Alfredo Abriani reconoció en Twitter (@frechuabriani) que “No pueden tolerarse este tipo de injurias, que ofenden el sentimiento religioso de una gran parte de los argentinos”.

A su vez, desde la cuenta de Twitter de la Secretaría Derechos Humanos se acordó públicamente que la muestra contenía “elementos ofensivos” de los que los artistas no habían informado y que desde esa cartera “no se avalaban agravios ni ofensas” que pudieran afectar a instituciones o colectivos de personas y sus valores religiosos.

Pero… si los funcionarios reconocen que no se pueden tolerar este tipo de injurias ni avalarse los agravios… ¿Cómo se explica la inacción estatal? ¿Impotencia frente a lo políticamente correcto? ¿Cobardía? ¿Cálculo político en año electoral?

La Secretaría de Derechos Humanos (bajo cuya órbita funciona el centro cultural donde se montó la “virgen abortera”) se limitó a solicitar que se cambiara de lugar la imagen y pedir la intervención del INADI.

Acertadamente, el Juzgado que finalmente intervino aclaró que es el Estado quien debe velar por el adecuado ejercicio de los derechos mediante el uso de su poder de Policía, ya que la muestra se lleva a cabo en una de sus dependencias. Además agregó que: “Si la libertad de culto y la religión merecen respeto y debido resguardo, pareciera claro que también sus símbolos. Y es en este punto donde no albergo duda que la imagen de la Virgen María posee un contenido de especial relevancia para todos los miembros de la Iglesia Católica”. Sin embargo, el Poder Ejecutivo no hizo nada.

El paraguas del derecho a la libre (no libertina) expresión artística no habilita dejar de lado la obligación de respetar el derecho de otros conciudadanos

Por su parte, el INADI (en cuya sede central flamean desde hace meses pañuelos verdes abortistas) dictaminó que la obra podía resultar ofensiva a la fe y a los símbolos religiosos y que no parecía posible brindar protección a este tipo de expresiones y a la vez abogar por la tolerancia, la convivencia e invocar el respeto a los principios del pluralismo. Aun así tampoco la quitó por propia iniciativa. Una auténtica patata caliente de la que nadie parecía querer hacerse cargo.

Finalmente, resulta inaudito que esta situación se verifique en un predio estatal que el Estado argentino resignificó para recordar que no debe tolerarse nunca más la violación de los derechos humanos (¡!).

Tercero: Sobreabundancia de derechos: ¿y las obligaciones humanas?

En Twitter, el secretario de Culto argentino reconoció que “la libertad de expresión es un bien y es necesaria, pero en su nombre no se puede injuriar un símbolo religioso, por lo que representa de valioso para los creyentes. Actitudes provocativas como esta en nada ayudan a trabajar en pos de una cultura del respeto necesaria en toda sociedad plural.”

Por su parte, el Juzgado que otorgó la protección cautelar también señaló que “el derecho a la libertad de expresión no es un derecho absoluto ni ilimitado…” y que su ejercicio no puede posibilitar el atropello al derecho de otras personas, en este caso, quienes ven afectados sus sentimientos religiosos.

El límite debería estar dado por el respeto. El paraguas del derecho a la libre (no libertina) expresión artística no habilita dejar de lado la obligación de respetar el derecho de otros conciudadanos.

En una época donde se habla continuamente del respeto de los derechos humanos, resulta saludable que no se pierdan de vista las obligaciones que conlleva su protección para todos (y, por las dudas, todas).

Cuarto: La relevancia de la actuación ciudadana

El desaliento y la decepción frente a la incapacidad (o la indolencia) estatal fueron suelo fértil para que la sociedad argentina -una vez más- dé muestras de su vitalidad.

Ciudadanos y organizaciones como Abogados por la Vida, la Corporación de Abogados Católicos, CitizenGO y la parroquia del vecindario en el que se encuentra el centro de exposiciones hicieron lo que el inoperante Poder Ejecutivo Nacional no hizo.

El párroco del barrio movilizó a su comunidad y concurrió personalmente al centro cultural para rezar frente a la imagen de la Inmaculada Concepción ridiculizada con el pañuelo. Todo un gesto. Firme y pacífico

Los abogados salieron con vigor en defensa del sentimiento de millones de argentinos, agredido por este ataque antirreligioso, a través de los medios y reuniéndose con las autoridades. La plataforma CitizenGO fue para ellos una herramienta valiosa: reunieron cerca de 22.000 firmas solicitando el retiro de la “virgen abortera”.

Un letrado decidió pedir a la Justicia la protección contra la embestida de artistas, activistas del aborto y un Estado cómplice por inacción. Presentó el recurso de amparo que finalmente permitió el retiro de la “virgen” de la muestra.

El párroco del barrio movilizó a su comunidad y concurrió personalmente al centro cultural para rezar frente a la imagen de la Inmaculada Concepción ridiculizada con el pañuelo. Todo un gesto. Firme y pacífico.

El ataque a la Virgen es una maniobra que carece además de coherencia discursiva interna en el feminismo. Es que estas activistas del aborto sostienen que la maternidad de María no fue deseada. Lo cual no se sigue de los documentos bíblicos, ya que en ellos figura su clara su voluntad de aceptarla: “Hágase en mí según tu palabra”. Es que en el fondo, el relato abortista tampoco respeta la voluntad de la mujer que desea ser mamá. Solo importa abortar.

En definitiva, el valor de la ciudadanía para salvaguardar sus creencias religiosas, y la del movimiento Provida para apoyarla, se han dado cita en esta Argentina compleja del siglo XXI. Una ciudadanía activa, convencida del respeto al pluralismo. Discurso y acción coherentes fundados en la realidad. Tal vez, en tiempos de posverdad, ha llegado el momento de que hagamos algo nuevo y revolucionario: defender y valorar la verdad.

Fuente: Actuall

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(Editorial) ¿Qué hay detrás de la violencia por motivos religiosos?

Casos como los ataques en Sri Lanka y Nueva Zelanda son ejemplos de discriminación por un credo.

Los detalles que se conocieron después de los atentados de este domingo –finalizando la Semana Santa- en varias iglesias y hoteles de Sri Lanka estremecieron al mundo por las cifras de víctimas.

Todo indica que los atacantes, que dejaron un total de 290 muertos y más de 500 heridos, tenían un móvil religioso. Sus actos estuvieron dirigidos contra centros que profesan la fe cristiana, cuya población practicante apenas llega al 7 por ciento de los habitantes de ese país, lo que los configura como una minoría.

Varias semanas atrás, en Nueva Zelanda, las víctimas eran de otra religión. Un supremacista blanco transmitió a través de Facebook cómo disparaba sin mediar palabra contra los fieles que asistían a dos mezquitas ubicadas en la ciudad de Christchurch, en el sur de ese país.

Luego de estos episodios, que no son los primeros, surge la duda: ¿qué hay detrás de estos crímenes de odio por razones religiosas?

Fabián Sanabria, antropólogo y doctor en sociología de la Universidad de la Sorbona, explica que las creencias religiosas en sí no son nocivas en ninguna parte. Los conflictos (y la violencia) vienen de las implicaciones sociales, culturales y políticas que tienen (las creencias) en la vida de las personas.

El último adiós a las víctimas del atentado en Sri Lanka
El ataque en Sri Lanka dejó más de 300 muertos.

“Cuando hay en juego tierras, la verdad, el honor, la economía, la superioridad frente al otro, hay una movilización de las creencias para estigmatizar o atentar contra las otras personas”, explica Sanabria.

¿Cuáles son esos detonantes? El académico dice que todo empieza cuando se quiere imponer un único dios y una sola forma de ver y comprender el mundo. “Cuando hay una confrontación tan fuerte, unos y otros quieren tener su verdad y que los demás la adopten”.

Según él, esa imposición de ideas surge del proselitismo que hacen las religiones –como el cristianismo y el islam- para que otros entren al mismo sistema de ideas.

Precisamente eso ocurrió durante la época de la conquista, cuando los españoles –y sus misioneros – buscaron que los indígenas se adaptaran su mundo a la cristiandad.

“La negación del otro y el desconocimiento de su humanidad siempre ha sido una causa de conflicto y enfrentamiento”, dice Felipe Cárdenas, antropólogo y director de la Maestría en Educación de la Universidad de La Sabana.

Cárdenas explica que cuando un grupo de personas siente que sus costumbres están siendo amenazadas por otra, se plantean escenarios que suelen desembocar en actos violentos.

Brenton Tarrant
Brenton Tarrant (centro), acusado de asesinato en relación con los ataques a la mezquita en Nueva Zelanda Foto:  Reuters

Casos de enfrentamientos religiosos

La adopción del cristianismo en la Antigua Roma. Uno de los episodios que para Sanabria es fundamental para entender la lucha e imposición de las ideologías de las religiones fue en la época en que la Antigua Roma, cuando adoptaron el cristianismo y dejaron a un lado la concepción politeísta que habían adoptado de los griegos.

La irrupción del islam. Para Cárdenas el surgimiento del islam en la historia de la humanidad es otra pieza fundamental para entender el conflicto entre religiones. «Hacia el siglo VII, el islam era una religión de conquista que, a través de ‘yihads’, impuso esa creencia en lugares como el norte de África».

El académico reconoce que en un principio el islam fue una religión belicosa, que con el tiempo fue encontrando unas vertientes más moderadas.

La conquista de América. La imposición de la religión católica que profesaban los conquistadores españoles durante el descubrimiento del Nuevo Continente fue una clara incomprensión del clero frente a las costumbres indígenas, que derivó en masacres y la prohibición de las costumbres de los aborígenes.

Atentado en otras fechas de Semana Santa. Lo que ocurrió en Sri Lanka no es un acto aislado. En varias ocasiones el mundo ha visto cómo grupos radicales atentan durante la Semana Mayor.

En Egipto, en el 2017, hubo 45 muertos un domingo de Ramos luego de que dos ‘kamikazes’ del Estado Islámico atacaran dos iglesias coptas e el norte del País. En Pakistán, durante el 2016, hubo 75 muertos cuando varios cristianos celebraban fiestas de Pascuas en un parque muy frecuentado de Lahore.

Sri Lanka
Militares a las afueras de una de las iglesias de Colombo, donde se registró una de las explosiones este domingo. Foto: Dinuka Liyanawatte / REUTERS

¿Se puede hacer algo para evitarlo?

Felipe Cárdenas dice: “hay que tener una concepción humilde de la fe, una profunda humildad espiritual y un nivel sano de argumentación y debate”.

Entre tanto, Sanabria considera que la única forma de superar esos conflictos es cuando se renuncie a la idea de tener un dios único, y a una única verdad. “Si el mundo fuera más pluralista, más panteísta, más pagano, no tendríamos una necesidad de pelear por los dioses”.

Y agrega: “En el fondo la guerra de los dioses es la guerra de los hombres, tenemos que acudir a seres sobrenaturales para enfrentar nuestros conflictos. Si esos seres sobrenaturales no compitieran ni pretendiéramos que unos están sobre el otro, evidentemente no habría problemas”.

Fuente: El Tiempo

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(Reino Unido) Padres no podrán vetar formación LGBT a sus hijos

En Reino Unido, desde el año 2020 se dictará de manera obligatoria dentro del programa de educación sexual, la cuestión LGBT, dejando a los padres de los estudiantes sin la potestad de poder «vetar» ese espacio curricular para impedir que sus hijos aprendan sobre ese contenido.

Damien Hinds, Secretario de Educación del Reino Unido, manifestó que «un veto de los padres sobre el contenido» académico no es una opción para ellos y respondió una carta enviada por un grupo de padres cristianos y musulmanes para que revea esa decisión: «Es lamentable que los mitos y la desinformación sobre los cambios en la educación en las escuelas primarias, que circulan a menudo difundidos por personas sin vínculos con el sistema educativo, estén socavando el arduo trabajo de los directores y el derecho legítimo de los padres a ser consultados sobre lo que les enseñan a sus hijos sobre las relaciones sexuales”.

Además, el funcionario británico expresó que «queremos que las escuelas consulten a los padres, escuchen sus opiniones y tomen decisiones razonables sobre cómo proceder», pero agregó que «ser escuchados no proporciona un derecho a veto a los padres sobre el contenido del currículo .

La declaración pública del Ministerio de Educación se produce después de que los padres musulmanes y cristianos , así como las organizaciones religiosas, hayan expresado su desacuerdo con la inclusión de la ideología LGBT en la educación sexual en las escuelas.

Como portavoz de la Alianza Evangélica del Reino Unido, Dave Landrumdijo: «Los padres conocen mejor a sus hijos, y el gobierno debe respetar eso». Y agregó: «La formación no debe ser fundada en políticas o ideologías, sino a cargo de los padres, que son quienes se preocupan más y saben qué es mejor para sus hijos en cuanto a qué se dice y cuándo se cuenta».

Fuente: Agencia Nova